Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 14 de Noviembre de 2019, expediente CAF 007541/2018/CA001

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 7541/2018 JOURNADEZ, Y.S. c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Juzg. 2 Buenos Aires, de de 2019.- HG Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 140, el juez de primera instancia puso de resalto que no existía prueba pendiente de producción y ordenó

    poner los autos para alegar en los términos del art. 482 del código procesal.

  2. Disconforme con esa decisión, la demandada recurrió (conf. apelación de fs. 146, concedida en subsidio de la revocatoria desestimada a fs. 142 y su réplica de fs. 143/144).

    Pidió que se deje sin efecto dicho auto y que se ordene librar oficios a la Policía Federal Argentina y a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires para que remitan copia certificada de los últimos seis recibos de haberes de los actores. Invocó el artículo 36 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

  3. Que así planteada la cuestión, y aun con el amplio criterio que pregona esta sala a la hora de examinar las expresiones de agravios (causas “Escobar”, “Suazo”, “E.N.- C.N.R.T. disp.

    7964 y otra”, “Ferla” y “G., pronunciamientos del 20 de marzo de 2012, y del 19 de febrero, 12 de marzo, 27 de agosto y 31 de octubre de 2013, respectivamente, entre otras), el memorial examinado no reúne los requisitos exigidos en el art. 265 del código procesal.

    En efecto, las objeciones formuladas lejos están de aportar elementos de juicio a los efectos de examinar el planteo de una manera distinta. V. especialmente que la parte...

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