Jornada

AutorJorge J. Sappia, Rosalía A. Pécora
Páginas47-52
CAPÍTULO V
JORNADA
Líneas arriba hicimos referencia al art. 4° de la Ley 27.555,
que impone a las partes del contrato de teletrabajo pactar la
jornada por escrito, analizando las alternativas de esa impo-
sición formal. En este segmento analizaremos lo relativo a la
jornada en sí.
El pacto escrito, que requiere ese artículo invocado, indica
que las partes pactarán la jornada en el contrato que suscriban,
de conformidad a los límites legales y convencionales. El pri-
mero de ellos alude a la Ley 11.544, la cual por remisión al
art. 196, LCT, sirve para fijar la jornada laboral en ocho horas
diarias o cuarenta y ocho semanales, como norma general. Y
también la relativa a las disposiciones especiales que han esta-
blecido la jornada de siete horas cuando la prestación es noc-
turna y a seis horas, cuando se materializa en un ámbito decla-
rado insalubre. Más allá de esas limitaciones, el art. 198 de la
Ley de Contrato de Trabajo, admite su reducción cuando la
dispongan determinaciones nacionales reglamentarias de la
materia, los contratos individuales y los convenios colectivos
de trabajo. Resulta obvio que el diferimiento del Estatuto del
Teletrabajo a la negociación colectiva, ha de producir un am-
plio espectro de extensiones de jornada, sin contar con aquellas
que surgen de algunos Estatutos particulares, tal como el del
periodista profesional, Ley 12.908, que fija la jornada en seis
horas diarias y treinta y seis semanales. En ese sentido cita-
mos el convenio colectivo de trabajo 688/14 de la actividad de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR