Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 6 de Septiembre de 2017, expediente CNT 000755/2013/CA001

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 755/2013 - JANCIK, W.J. c/ FORMATOS EFICIENTES S.A. Y OTROS s/DESPIDO Buenos Aires, 06 de septiembre de 2017.

se procede a votar en el siguiente orden:

El D.Á.E.B. dijo:

  1. Contra la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo en lo principal, apelan la parte actora a mérito del escrito de fs. 316/318, que mereció la réplica Inc S.A. de fs. 322/323, y la citada codemandada a fs. 319/320, cuyos agravios el accionante contestó a fs. 325/326.

  2. Por razones de método trataré en primer término la queja articulada por el actor, quien cuestiona que se haya desestimado el agravamiento previsto en el art. 80 de la L.C.T.

    La Sra. Juez de grado tuvo en cuenta que el trabajador afirmó al interponer su reclamo que -después de formular distintos reclamos- el 23/02/12 concurrió a la demandada y le entregaron los certificados que adjunta, que considera que se encuentran incompletos.

    Señaló que el 29/02/12 el accionante intimó a su empleadora a que hiciera entrega de los certificados aludidos, sin hacer referencia alguna a la documentación que le había sido entregada, ni indicar la existencia de “las observaciones e incumplimientos que debían ser subsanados”. Consideró que, sin embargo, -en el marco descripto- el trabajador debió intimar a su empleadora a fin que le otorgase nuevos certificados en las condiciones requeridas, por lo que desestimó la sanción reclamada.

    Adelanto que, de prosperar mi voto, la queja no ha de tener favorable recepción.

    Fecha de firma: 06/09/2017 Alta en sistema: 27/09/2017 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20792632#187632387#20170906092836683 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Conforme surge del relato del escrito de inicio, el día 23/02/12 (ver fs. 22) el trabajador concurrió a la sede de la empresa y -en dicha ocasión-

    le entregaron una impresión de la Certificación de Servicios y R., que el trabajador consideró

    incompleta -por no incluir las remuneraciones del mes de enero de 2012 ni los meses trabajados de abril a diciembre del 2000- e inoficiosa -por cuanto no estaba firmada por el representante legal de la empresa ni tenía la correspondiente certificación de la firma-.

    Frente a ello, el 29/02/12 -mediante misiva obrante a fs. 11- en la que hizo referencia a que no le fueron entregados -entre otras cosas- los...

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