Y. J., V. s/CONTROL DE LEGALIDAD - LEY 26.061
Fecha | 15 Septiembre 2023 |
Número de expediente | CIV 007750/2023/CA001 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J
7750/2023
Y. J.,
s/CONTROL DE LEGALIDAD - LEY 26.061
Buenos Aires, de septiembre de 2023.- APE
Y VISTOS
Y CONSIDERANDO:
Por devueltos de la Defensoría de Menores e Incapaces de Cámara.
T. presente el dictamen que antecede.
Vienen estos autos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en subsidio por el Defensor Público Tutor el día 6 de julio de 2023, que fue incorporado en la misma fecha al sistema informático, contra la resolución judicial del 31 de mayo de 2023.
Dicho pronunciamiento designa como tutor especial (conf. art. 109, inc. a del C.C.yC.N.) del joven
Y. J. (D.N.I.
47.129.070), nacido el 26 de marzo de 2.006, al Defensor Público Tutor a cargo de la Defensoría Pública Tutoría N° 1, D.J.P.O.,
dejándose expresa constancia que la designación es para intervenir en las presentes actuaciones.
El apelante funda su recurso en la misma presentación en la que lo interpuso, de conformidad con lo normado por el art. 248
del CPCC. Sostiene que en las actuaciones conexas caratuladas “Y.
J.,
s/ tutela" (Expte. n° 11.506/2019) surge que el Sr. U. J.,
oportunamente designado tutor del adolescente de mención, continúa en ejercicio de dicho cargo.
Asimismo, afirma que no se desprende de ese expediente que el Dr. M. D`L. (Tº 130 Fº 471 CPACF) haya renunciado o fuera reemplazado de la representación legal de V., lo cual entiende que es determinante atento a la edad del joven, su capacidad progresiva y su derecho a ser oído y participar en los expedientes en los cuales se ventilen sus derechos e intereses. En ese sentido, recuerda que que el CCyC reconoce un sistema de capacidades progresivas para las niñas,
niños y adolescentes (en adelante NNyA), especialmente para estos Fecha de firma: 15/09/2023
Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA
últimos (art. 261 inc. c CCyC), como es el caso de V., quien ya cuenta con 17 años de edad (entre 13 y 18 años, cfr. art. 25 CCyCN).
Agrega que, en efecto, en el supuesto del art. 26 párr. 2
-que aplica en este caso- ya no alcanza con el derecho a ser oído, sino que los NNyA podrán ejercer sus derechos por sí mismos -incluso con patrocinio letrado-. En ese sentido, concluye que la edad y capacidad progresiva de
imponen que sea él mismo quien decida su propia asistencia letrada y elija quien lo represente legalmente en todos los expedientes en los cuales se ventilen sus derechos e intereses.
En subsidio, expone que en el caso que se entienda que corresponde la designación de un tutor, no corresponde que sea el Ministerio Público de la Defensa quien intervenga en autos a la luz del evidente contenido patrimonial de las cuestiones conexas a determinar, por lo que considera que dicho encargo debe recaer en un tutor de la matrícula y quedar los honorarios respectivos a cargo de su representante legal.
En primer lugar, cabe recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho reiteradamente que los pronunciamientos judiciales deben adecuarse a las circunstancias existentes al momento en que se dictan (conf. CSJN, “Recurso de hecho deducido por A. M. M. en la causa G. C., S.c.M.M., A. s/
restitucion internacional de niños” del 29/5/2018, sentencia publicada en Fallos: 341:590 y su cita a Fallos: 311:787 y 330:642), aun cuando ellas resulten sobrevinientes a la interposición de los recursos (conf.
CNCiv., Sala I, “P. K. A. s/control de legalidad - ley 26.061”, 13/11
20).
Establecido ello, teniendo en cuenta que en los autos conexos sobre tutela (Expte. n° 11.506/19) se dispuso la remoción del tío del joven de autos como su tutor con fecha 13 de julio de este año,
es que no corresponde atender los postulados recursivos en cuanto a que aquél continúa en el ejercicio del cargo mencionado.
No empece a dicha decisión que el recurrente haya apelado también la citada resolución de los autos conexos sobre tutela, a poco que se repare que dicho recurso ha sido concedido con Fecha de firma: 15/09/2023
Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J
efecto devolutivo, el cual está siendo tratado concomitantemente con el presente.
Ello, sin perjuicio de destacar que el apelante fue designado en virtud de lo normado por el inciso a...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
