Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 6 de Febrero de 2018, expediente CCF 007362/2017/CA001

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2018
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 7362/2017 A,. J.F. c/ OSDEPYM Y OTRO s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 6 de febrero de 2018.

VISTOS: los recursos articulados y fundados en el mismo acto por SWISS MEDICAL, a fs. 49/65vta., y por OSDEPYM, en subsidio, a fs.

66/100; ambos replicados por la actora a fs. 117/29 y a fs. 105/15vta., respectivamente, contra la resolución de fs. 43/44vta.; y CONSIDERANDO:

  1. Que en el pronunciamiento indicado el magistrado interviniente ordenó cautelarmente a la Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas “OSDEPYM” y a SWISS MEDICAL S.A., mantener la afiliación de don J.F.A. y de doña N.C.D.A.,. para que reciban prestaciones del PLAN SB62, hasta tanto se dicte sentencia. Ello, sin perjuicio de que para el caso que el plan fuera superador en los términos del Decreto 576/93, cumpla la actora con el aporte adicional correspondiente. Además deberá garantizar la continuidad y cobertura de los tratamientos correspondientes a dicha afiliación.

  2. Que lo así resuelto fue resistido por ambas emplazadas.

    SWISS MEDICAL, apeló y fundó su recurso a fs. 49/65vta.; y OSDEPYM, hizo lo propio a fs. 66/100.

    SWISS MEDICAL, se agravia porque considera que a los fines del dictado de la medida cautelar no concurran en el caso ni la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora y que la contracautela es insuficiente.

    Además, invoca la vulneración del derecho de propiedad, la violación de la seguridad jurídica y la afectación de la división de poderes.

    OSDEPYM, por su parte, dice que la medida cautelar no condice con el marco jurídico indicado y la manda judicial ordena brindar cobertura a la señora D. A,. sin tener en cuenta que no figura ni como adherente al plan médico del señor A., ni como titular de otro plan.

    Fecha de firma: 06/02/2018 Alta en sistema: 09/02/2018 Firmado por: A.S.G. -R.V.G. -E.D.G. #30567144#197363377#20180112102905661

  3. Que así planeada la cuestión a resolver, corresponde comenzar por dar tratamiento al recurso articulado por SWISS MEDICAL.

    Ello, no sin antes advertir que este Tribunal sólo analizará las argumentaciones que resulten adecuadas en el contexto cautelar en el que fue dictada la resolución recurrida (Corte Suprema, Fallos: 278:271; 291:390, entre otros), sin examinar los aspectos que tengan vinculación con la cuestión sustancial del proceso. Y, que los jueces no están obligados a tratar todos los planteos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR