Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 27 de Junio de 2019, expediente CAF 28028/2010/CA1/CA002 - CA001
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2019 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 28028/2010 I.M.C. Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-
EJERCITO-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, de junio de 2019.- MC VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fs.
277/282, de manera subsidiaria al de reposición, replicado a fs. 284/285; contra la resolución de fs. 275; y CONSIDERANDO:
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Que por medio del pronunciamiento del 1 de marzo de 2019, el juez de primera instancia intimó a la demandada para que, dentro del término de 10 días, depositara la suma de $672.360,07, adeudada en concepto de intereses; bajo apercibimiento de ampliar la ejecución dispuesta a fs. 226.
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Que, contra ese pronunciamiento, el Estado Nacional dedujo recurso de apelación. Sostiene que el pronunciamiento recurrido es arbitrario por cuanto desconoció la obligatoriedad de aplicar el procedimiento de previsión presupuestaria y posterior pago, establecido en las leyes 23.982 y 25.344. En particular, indica que el plazo para efectuar la respectiva previsión presupuestaria comienza “con el auto aprobatorio de la liquidación practicada en autos”, es decir, el 1 de marzo de 2019.
Por otra parte, manifiesta que al monto aprobado en concepto de intereses, debe descontársele el importe de $184.000 oportunamente embargado; de manera que únicamente adeuda en tal concepto el monto de $488.360,07, el que “será incorporado al presupuesto cuya ejecución se hará efectiva en el año 2020” (fs. 281)
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Que, en primer lugar, cabe señalar que sin perjuicio de lo sostenido en causas análogas a la presente (cfr. “B.J.H. y otros c/ EN-M§ Defensa-Armada-Dto 1104/05 751/09 s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, nro. 32107/2009, del 28 de septiembre de 2017; entre muchos otros), es necesario un nuevo examen de la cuestión en virtud de lo resuelto por las restantes S. de este fuero (cfr. S.I. in re “R.J.P. y otros c/ EN Mº Defensa- armada- dto 1081/73 751/09 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg”, nro. 48731/11, del 24 de abril de 2018; S.I.I en Fecha de firma: 27/06/2019 Alta en sistema: 01/07/2019 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #10848033#237631839#20190619130414847 autos “Codi SA y otro c/ EN –DNV – RESOL 777/01 (Expte 14912/10) s/ proceso de conocimiento” nro. 17682/11, del 8 de febrero de 2018; S.I. en la causa “A.D. c/ EN – M Justicia-...
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