Partido Izquierda por Una Opcion Socialista - Distrito Neuquén

Fecha de la disposición18 de Mayo de 2011

Miércoles 18 de mayo de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.152 33

N'º35.092/2001, que el martillero Javier Oscar Di Blasio, rematará el dia 24 de mayo de 2011 a las 10,15hs. (En Punto) en el salon de ventas sito en la calle El Guaicuru sin número entre la calle La Quilla y El Mailen, Ciudad Evita, Partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires. Nomenclatura Catastral: Circ. VII. Secc. K. Manz. 41. Parc.

  1. Matricula: 75.620. Superficie Total: 507 mts.

    47 dm2. De acuerdo a la constatación efectuada el inmueble es parte del complejo Ciudad Evita y corresponde a una propiedad desarrollada en planta baja con techos de tejas, posee paredón en el frente, porton para ingreso de automóviles, garage para un auto y consta de tres dormitorios, dos baños, cocina, living-comedor, lavadero y fondo libre, todo en regular estado de conservación. El inmueble es ocupado por la demandada. Condiciones de venta: Al contado y mejor postor. Base: $100.000,00. Seña 30%.

    Comisión 3%. Acord. 10/99. CSJN (arancel de subasta) 0,25%. Se hace saber que el comprador deberá abonar impuesto de sellos y todo otro corresponda de acuerdo a la legislación local. En efectivo, en el acto de remate, y a cargo del comprador. Deudas: Municip. de La Matanza al 267-10 $4.812,05 Fs.307/10. OSN al 29-6-10 Sin deuda Fs.279. Aysa al 1-3-11 $22,15 Fs.344.

    Aguas Arg. al 24-8-10 No registra deuda Fs.322.

    ARBA al 5-7-10 $2.498,40 Fs.272. El comprador debera constituir domicilio dentro del radio de la Capital Federal, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas en el art. 133 del Codigo Procesal. El comprador se hará cargo de todas las deudas que pesen sobre el inmueble en concepto de impuestos, tasas y contribuciones desde la posesión conforme plenario “in re” “Servicios Eficientes S.A c-Yabra Roberto s-Ejecución Hipotecaria” (del 18/2/99).

    No procederá la compra en comisión. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del décimo dia de efectuada la subasta bajo apercibimiento de ordenar una nueva en los términos del art. 584 del CPCC. Para mayor información los interesados podran compulsar el expediente en los estrados del Juzgado. El inmueble podrá ser visitado los dias 20 y 23 de mayo de 2011 de 10,00 a 12,00hs.

    Buenos Aires, 11 de mayo de 2011.

    Olga MarÃa Schelotto, secretaria.

    1. 18/05/2011 N'º57619/11 v. 19/05/2011 % 33 % N'° 89

      Por un DÃa. El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil No. 89, Secretaria Unica, sito en la calle Talcahuano No. 550, 6'º. Piso de Capital Federal, comunica por un dÃa en los autos: “Herbon, Adrian Alberto c/Picco, Valdemar s/Ejecución”, Exp. 66389/2001, Reservado, que el martillero público Alfonso Daniel Pampin (T.E.

      4657-7878), rematará el dÃa 31 de Mayo de 2011 a las 09,15hs., en el Salón de Remates (Oficina Subastas Judiciales) de la calle Jean Jaures N'º545 de Capital Federal, el inmueble en la proporción del 41,67% de la parte indivisa, que se exhibirá los dÃas 28 y 30 de Mayo de 2011 de 11,00 a 12,00 hs., con frente a la calle Emilio Lamarca N'º5376 entre Franco y Bazurco, edificado en el lote de terreno No. 20 de la manzana Z, que mide 8,66 mts. de frente por 25,56 mts.

      de fondo. Nomenclatura Catastral: Circ. 15; Sec.

      83; Manz. 161 A; Parcela 25; Matricula 15-75574 de la N'º 32.152 34 y Diario, los cuales fueron habilitados por el tribunal conforme constancia de fs.479.

      Que a fs.485 vta., por providencia de fecha 7 de Abril de 2011, se tiene por reunido el número mÃnimo de afiliaciones previsto por el art. 7 bis de la Ley 23.298 (1590 afiliados).

      Que a fs.492/495 la Sra. Apoderada presenta acta de la Asamblea Fundadora y Junta Promotora y constancia de publicación de edicto en el diario La Mañana de Neuquén, dando cuenta de la convocatoria a elecciones internas de autoridades partidarias definitivas; lo cual fue tenido presente por el tribunal a fs.497.

      Que a fs.502/505, se presenta la Sra. Apoderada partidaria acompañando copia del acta de la Junta lectoral partidaria de fecha 23 de Abril de 2011, por la cual se proclaman las nuevas autoridades partidarias -ante la presentación de lista única- con motivo de las elecciones internas convocadas para el 8 de Mayo de 2011, como acta del Congreso partidario por la cual designa sus autoridades; lo cual fue tenido presente por el tribunal a fs.506.

      Que a fs.506 se ordena correr vista al Ministerio Público Fiscal del pedido de reconocimiento definitivo de la personerÃa jurÃdica polÃtica formulado.

      De la compulsa del expediente surge que la agrupación ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el art. art. 7 de la ley 23.298 (cfr. Reforma ley 26571). Por ello, corresponde otorgar personerÃa polÃtica en los términos del último párrafo del art. 7 de la ley Orgánica de Partidos PolÃticos.”, y Considerando:

      Que corresponde verificar si la agrupación polÃtica de autos ha dado cumplimiento con los requisitos exigidos por el art. 7'º bis de la Ley 23.298, los cuales fueron detallados en los puntos IV) a VI) de la Resolución N'º1676/2011 obrante a fs.373/379.

      Que, conforme a las constancias obrantes a fs.381/401, fs.478, fs.485 vta., fs.492/495, y fs.502/505, se concluye que el partido ha dado cumplimiento con la habilitación de los libros de Inventario, Diario y Caja (art. 37 Ley 23.298); ha acreditado la afiliación del 4‰ del total de los inscriptos en el registro de electores del distrito (inc.

    2. del art. 7'º bis ley 23.298) y ha celebrado sus primeras elecciones internas para constituir las autoridades definitivas del partido (inc. b) del art.

      7 bis ley 23.298).

      Por todo ello, habiéndose dado cumplimiento con los requisitos exigidos por el art. 7 bis de la Ley 23.298, corresponde otorgar personerÃa jurÃdico-polÃtica en forma definitiva como partido de distrito, con derecho al uso exclusivo de la denominación “Izquierda por una Opción Socialista”.

      Que, ahora bien corresponde evaluar las disposiciones de la Carta Orgánica, que fueran modificadas por la Asamblea fundadora, y verificar si ellas se ajustan a la normativa vigente (ley 23.298, modificatorias y concordantes, y la ley 26.215 y sus modificaciones) y si se han subsanado las observaciones realizadas en la Resolución de reconocimiento provisorio.

      Que, en este sentido, corresponde precisar que este tribunal no entrará a considerar los artÃculos que atañen a la elección de candidatos a cargos provinciales y municipales, o decisiones partidarias respecto a comicios en el orden provincial, por no resultar de competencia de este tribunal el control de legalidad sobre los mismos.

      Que, sentado ello, y analizando el texto de la carta orgánica obrante a fs.388/400, se concluye que las modificaciones realizadas se encuentran adecuadas a la ley 23.298, sus modificatorias y a la ley 26.215, y compartiendo lo dictaminado por la Sra. Fiscal Federal Subrogante, entiendo que las mismas armonizan con las disposiciones legales vigentes, habiéndose dado con ello acabado cumplimiento a lo ordenado en la resolución N'º1676/2011. Ello, desde que las modificaciones operadas han consistido en corregir el error de tipeo deslizado en el art. 1'º; en establecer la aceptación automática de la renuncia a la afiliación (art. 7) y que el Comité se compondrá de tres miembros titulares y un suplente (art. 21); en fijar el porcentaje del aporte sobre la retribución recibida por cualquier afiliado que ocupe cargo público electivo en representación del partido (art. 34 inc. c); en prever el órgano competente para la designación de dos responsables económico financieros (art. 35), en aclarar el art. 48, en determinar los requisitos para ser precandidato en las elecciones internas abierta, simultáneas y obligatorias (art. 59); en prever que en caso de suspenderse el sistema de elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, la designación de los candidatos a cargos electivos nacionales se realizará por medio del voto directo y secreto de los afiliados (art. 62); en eliminar la posibilidad de prorrogar los mandatos de las autoridades partidarias (art. 68) y en ampliar la composición del Congreso a 9 miembros (art.

      13).

      Por otra parte, se observa que en el nuevo texto de la carta orgánica, se han incorporado las previsiones que contemplan la forma de distribución de los aportes públicos entre las listas de precandidatos (art. 60) y el método de distribución de cargos que utilizará la junta electoral para conformar la lista definitiva (art. 67).

      Que prosiguiendo con el examen del texto de la carta orgánica, se observa que sigue sin precisar quien ejercerá la representación legal del partido, tal como se observara en la Resolución de reconocimiento provisorio, por lo que la agrupación polÃtica deberá proceder a aclarar dicho extremo.

      Que, conforme lo dispuesto por los Arts. 18, 36 y 39 de la Ley 23.298 y Acordada Extraordinaria N'º25/2011 de la Cámara Nacional Electoral, corresponde asignarle el N'ºciento setenta y nueve (179) como identificación de esta agrupación polÃtica en el Distrito.

      Que, conforme lo dispuesto por el art. 63 de la Ley Orgánica de Partidos PolÃticos, corresponde ordenar la publicación, por el término de un (1) dÃa en el BoletÃn Oficial de la Nación del presente auto de reconocimiento y la Carta Orgánica.

      Por todo ello, y conforme a lo dispuesto por los arts. 3, 7, 7 bis, 14, 63 y concordantes de la Ley 23.298, y conforme lo dictaminado por la Sra.

      Fiscal Federal subrogante, corresponde y asÃ;

      Resuelvo:

      I) Reconocer y otorgar personerÃa jurÃdica polÃtica en forma definitiva como partido de Distrito a esta agrupación partidaria, con derecho exclusivo al uso del nombre “Izquierda por una Opción Socialista”.

      II) Tener a la Carta Orgánica obrante a fs. 388/400, como adecuadas a la Ley 23.298, sus modificatorias y ley 26.215.

      III) Hacer saber a la apoderada partidaria que en el término de cinco...

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