Sentencia nº AyS 1995 II, 289 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 9 de Mayo de 1995, expediente L 55207

Presidente del tribunalPisano-Salas-Rodriguez Villar-Negri-Hitters
Fecha09 Mayo 1995
Número de expedienteL 55207
Número de sentenciaAyS 1995 II, 289

En la ciudad de La Plata, a 9 de mayo de 1995, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores P., S., R.V., N., Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 55.207, "I., M.J. contra Supermercados Elefante S.A. Diferencias salariales, etc.".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nº 2 de Mar del P. rechazó la demanda entablada; con costas a la parte actora.

Esta dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorP. dijo:

  1. El tribunal de la causa rechazó la demanda promovida por M.J.I. contra "Supermar S.A." (Supermercados Elefante S.A.) por el cobro de diversos rubros salariales e indemnizaciones derivadas de su autodespido.

  2. En su recurso extraordinario, denuncia el apelante la violación de los arts. 14 bis, 16, 17 y 18 de la Constitución nacional; 12, 14, 21, 22, 23, 25 y 26 de la ley de Contrato de Trabajo y 34, 37, 40 y 45 inc. "e" del dec. ley 7718/71 (t.o. 1993).

  3. El recurso no puede prosperar.

    1. Discutida en la especie la...

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