Irigoyen Juan Carlos C/ Castro Dora, Su Sucesion S/ejec. Hip.

Fecha de publicación24 Agosto 2010
Fecha de disposición24 Agosto 2010
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31971

Martes 24 de agosto de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.971 19

3.3. REMATES JUDICIALES NUEVOS JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL N'° 11

El Juzg. Nac. de Primera Instancia en lo Civil N'º11, Sec.única sito enTalcahuano 550 6'º P.comunica por dos dÃas en autos Consorcio Ituzaingo 661 c/Safdie Ezra Jaime s/Ejecución de Expensas expte.

78771/2005” que el Martillero Roberto M. Plorutti rematara al ctdo y al mejor postor el dÃa 31 de Agosto de 2010 a las 9.45hs, en Jean Jaures 545 de Cap.

Fed., el inmueble ubicado en Capital Federal calle Ituzaingó 661, entre Tacuarà y Piedras, unidad 21 del piso 5a y sótano (matrÃcula 3-225/21) el que seg.

Constatación Se trata de un edificio en P.H. de 45 años apróx., de P.B. y 5'º pisos por escalera, servicios individuales, 1 ascensor. La unidad constatada se encuentra ubicada en el piso 5a “C”, contrafrente y consta de liv-com., cocina, 2 dormitorios, baño completo y balcón corrido.- Pisos de parquet y mosaico.

Sup.total de la unidad 71,10 M2.Mal estado general.

Barrio residencial asistido por todos los servicios. Al momento de la visita fui atendido por la Señora Alba Ilda BenÃtez. Exhibiendo D.N.I. 4.514.261, quién me informó que el departamento se encuentra ocupado también por su hija Ilda A.DÃas (ausente en ese momento) y su nieto Ezequiel Aguirre, en carácter de Inquilinos. Base de $90.000. Seña 30%. Com. 3% más IVA, y 0,25% s/acordada N'º24 de 2000. E El Comprador deberá constituir domic. dentro del radio de Cap. Fed. No se admitirá la compra en Comisión.

el adquirente debe efectivizar el pago del saldo de precio indefectiblemente dentro de los cinco dÃas corridos de aprobada la subasta, caso contrario, quedará incurso dentro de las previsiones establecidas por los arts. 580 y 584 del Código Procesal, debiendo depositar el saldo en el Bco de la Nación Arg.(Suc.Tribunales), en la cta de autos y a la orden del suscripto sin requerirse para ello intimación previa. Registra deudas: Expensas fs.260 $7952,31 al 1/10/09, A.A. fs, 282 $6474,73 al 11/12/09, AYSA $676,40 al 19/6/09 (fs 222); O.S.N.: $0 al 11/6/09 (fs 218); ABL: $8374,82 al 30/6/09 (fs 234/39) Exhibición: 27 y 30 de agosto de 2010 de 10 a 12hs. El presente Edicto deberá publicarse por dos dÃas en el BoletÃn Oficial.

Buenos Aires, 17 de agosto de 2010.

Fabián Ricardo Fuentes, secretario interino.

e. 24/08/2010 N'º95837/10 v. 25/08/2010 El Juzgado Nacional de I'º Instancia en lo Civil N'º11 a cargo de la Dra. Alejandra D. Abrevaya, Secretaria unica a mi cargo, sito en Talcahuano 550, piso 6'º de Capital Federal, comunica por 2 dÃas en los autos: “Rolandi Jose Luis c/Núñez Haydee y otros s/daños y perjuicios” (Expte N'º: 63.557/2002) -Reservado-, que el martillero Marcelo Javier Abeal, rematará el 1 de septiembre de 2010 a las 11:15hs., en la calle Jean Jaures 545 de Capital Federal, el 50% indiviso correspondiente a la demandada del bien sito en la calle Chacabuco 1919 entre las de Alfonso XIII y J. de Garay, lote diecinueve de la manz.

18, Nom. Cat. Circ. V, Secc. H, Manz. 77, Parc. 7.

MatrÃcula: 68.459(003), de Longchamps, Ptdo. Alte Brown, Prov. de Bs As. Se trata de una casa que consta de dos habitaciones, comedor, cocina, baño, garage cubierto al frente y un pequeño fondo, todo ello en regular estado de conservación y falta de mantenimiento. Ocupado por la Sra. Haydee Nuñez de Colosimo (L.E. N'º: 0.192.277) quién manifiesta vivir allà en compañÃa de su hija Haydee Nuñez y que lo hacen en carácter de propietarias. Sup:

372ms. 81dms. cdos. Base: $50.000; Seña: 30%,

Comisión: 3%; Arancel: C.S.J.N: 0,25% y Sellado de ley: 1%. AL contado y al mejor postor. Deudas:

ARBA Impuesto Inmobiliario al 20/05/2010 deuda orig $530,50.- deuda act. $943,10.- total a abonar $956,60.- (fs.491/510) ; O.S.N fuera del radio de servicio al 3/03/2010 (fs. 483) y Municipalidad de Almirante Brown al 15/12/2009 total a pagar $ 7.115,44.- (fs. 469/473). El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art...

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