Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 14 de Julio de 2016, expediente CAF 018484/2016/CA001
Fecha de Resolución | 14 de Julio de 2016 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-
SALA V 18484/2016 INVERSORA DOCK SUD SA c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Buenos Aires, de julio de 2016 VISTOS
Y CONSIDERANDO:
El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F. dijo:
I.-Que, por decisorio de fs. 358/363, el Tribunal Fiscal de la Nación hizo lugar parcialmente al reclamo de repetición intentado por la firma actora por la suma de $ 1.582.033 con más los intereses respectivos desde el reclamo administrativo conforme las pautas fijadas en el fallo Plenario Dálmine Siderca SA y C, del 27/12/1993; imponiendo las costas por sus respectivos vencimientos.
II.-Que a fs. 367 apeló la parte actora, haciendo lo propio la demandada a fs. 368.-
A fs. 369 se regularon los honorarios del perito G.E.D..-
A fs. 370/377, la parte actora presentó su memorial, mientras que la demandada lo hizo a fs. 379/382.-
A fs. 388 la demandada apeló los honorarios regulados al perito contador, por altos.-
A fs. 389/391 la AFIP-DGI contestó el traslado del memorial de su contraria.-
A fs. 432 se llamó autos para sentencia.-
Fecha de firma: 14/07/2016 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #28195695#157695580#20160713094750871
III.-Que para resolver como lo hizo, entendió el Tribunal Fiscal de la Nación: “Que en los presentes actuados la actora se agravia respecto de la denegatoria de repetición resuelta por el Fisco Nacional sobre la base de considerar no aplicable el ajuste por inflación en el impuesto a las ganancias, periodo fiscal 2002. Que frente a lo expuesto corresponde analizar la situación económica que dio origen a que las sociedades, empresas y explotaciones cuyas ganancias resultaron sujetas a impuesto reclamaran la aplicación de las normas impositivas del ajuste por inflación, las cuales fueron suspendidas en su vigencia por la ley 24.073 artículo 39…corresponde destacar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re “Candy S.A. c/ AFIP y otros s/ acción de amparo”, según sentencia del 3 de julio de 2009, destacó que ‘no ha tenido la oportunidad de fijar los límites de confiscatoriedad en materia de impuesto a las ganancias’ –considerando XII-
señalando en este sentido que ‘…si bien el mero cotejo entre la liquidación de la ganancia neta sujeta al tributo sin el ajuste por inflación y el importe que resulta de aplicar a tal fin el referido mecanismo no es apto para acreditar una afectación al derecho de propiedad…ello no debe entenderse como excluyente de la posibilidad de que se configure un supuesto de confiscatoriedad si entre una y otra suma se presenta una desproporción de magnitud tal que permita extraer razonablemente la conclusión de que la ganancia neta determinada según las normas vigentes no es adecuadamente representativa de la renta, enriquecimiento o beneficio que la ley del impuesto a las ganancias pretende gravar’”.-
IV.-Que en cuanto a los extremos probatorios requeridos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación expresa a fs. 362 vta. el Tribunal Fiscal de la Nación: “Que del resultado de la prueba producida y de la medida para mejor proveer ordenada por esta S. surge que para el periodo 2002 el resultado impositivo sin ajuste resulta ser de $ 5.618.080,97 con un impuesto determinado sin ajuste por inflación de $ 1.966.328,34, mientras que de aplicarse el ajuste en cuestión el resultado resulta ser para el mismo periodo negativo de $
11.124.639,35 siendo el impuesto determinado en consecuencia. Que corresponde reconocer idoneidad a la prueba pericial producida, la cual ha demostrado que de aplicarse el mecanismo de ajuste por inflación, no sólo no...
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