Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 16 de Junio de 2015, expediente COM 036035383/1999

Fecha de Resolución16 de Junio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Juz. 18 – S.. 36 GJV 36035383 / 1999 INVERSORA DARSENA NORTE c/ BOFFIL, ALEJANDRO Y OTROS s/ORDINARIO Buenos Aires, 16 de junio de 2015.-

Y VISTOS:

  1. ) Apelaron la sindicatura del proceso concursal de Inversora Dársena Norte y el Estado Nacional -Ministerio de Defensa- la resolución de fs. 5.238/5.241, que rechazó las oposiciones planteadas al pedido de autorización incoado por la codemandada Puerto Retiro SA para concretar dos (2) operaciones de locación respecto de sectores del inmueble de su propiedad -terreno sito en Av. Q. y Av. Antártida Argentina, D.N.-, el cual se encuentra afectado por una medida de no innovar.-

    Los fundamentos del recurso del Estado Nacional -Ministerio de Defensa- fueron desarrollados en fs. 5.250/5.251 y los del funcionario sindical en fs.

    5.254/5.255, siendo respondidos por Puerto Retiro SA en fs. 5.263/5.265 y fs.

    5.268/5.270, respectivamente.-

    En fs. 5.284/5.288 fue oída la Sra. Fiscal General actuante ante esta Cámara, quien se expidió en el sentido de revocar el fallo impugnado.-

  2. ) A efectos de una adecuada comprensión de la materia traída a conocimiento de esta Alzada cabe señalar que las presentes actuaciones fueron promovidas por el Estado Nacional -Ministerio de Defensa-, con el objeto de que se extienda la quiebra de Inversora Dársena Norte –“INDARSA”- a A.A.B., A.J.V., Inversora Sud Marine SA, TKS SA y Puerto Retiro SA, quienes bajo la apariencia de la actuación de la fallida, habrían desviado el interés social, efectuando actos en su interés personal y dispuesto de bienes como su fueran propios, en fraude a los acreedores de “INDARSA”. En lo que aquí interesa, sostuvo el accionante que Puerto Retiro SA, sociedad constituida el 05.12.1991 por A.F. de firma: 16/06/2015 Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: I.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.C.P., Prosecretaria de Cámara Arturo Boffil y A.J.V. quienes también integraron su directorio, se habría transformado en titular del dominio de la denominada “Planta 1” de Tandanor SA, mediante la perpetración de una maniobra ilícita concretada a través de la utilización indebida y abusiva de las formas societarias, toda vez que, según afirmó, la propia “INDARSA” fue originariamente la accionista mayoritaria y controlante de Puerto Retiro SA (véanse fs. 161/164).-

    En autos, se decretaron, con fecha 16.11.1999, las siguientes medidas cautelares: a) inhibición general de bienes de A.A.B., A.J.V., Inversora Sud Marine SA, TKS SA; b) embargo preventivo sobre las acciones de titularidad de Boffil y V. en las sociedades Inversora Sud Marine SA, TKS SA, Puerto Retiro SA y las que las primeras puedan tener en “INDARSA”; y c) prohibición de innovar con relación al inmueble cuyo titular dominial es actualmente Puerto Retiro SA, registrado en la matrícula FR 21-6 (fs. 170, fs. 1.986 y fs. 4.941).-

    En fs. 4.779/4.801, antes de dictar sentencia, se hizo lugar al planteo de cuestión prejudicial introducido por el Estado Nacional -Ministerio de Defensa- en su alegato, interrumpiéndose el llamado de autos hasta tanto recayera resolución definitiva en la causa penal N°...

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