Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 16 de Marzo de 2021, expediente CNT 007563/2015/CA001

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa N°: 7563/2015 - INVERALDI, MATIAS EZEQUIEL c/ ROUX OCEFA S.A. s/DESPIDO

En la ciudad de Buenos Aires, el 12-3-21

, para dictar sentencia en los autos: “INVERARDI MATIAS

EZEQUIEL C/ROUX OCEFA S.A. S/DESPIDO” se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. R.C.P. dijo:

  1. La sentencia de primera instancia de fs. 144/6

    que rechazó la demanda en lo sustancial y sólo hizo lugar a los rubros correspondientes a la liquidación final (días de Octubre de 2014, SAC proporcional del mismo año y vacaciones proporcionales) ha sido apelada por la parte actora, a mérito del recurso que luce agregado a fs. 147/51. Dicho recurso mereció

    réplica de la contraria a fs. 154/5. La perito contadora cuestiona sus honorarios por considerarlos reducidos (v. fs.

    152).

  2. El recurso de apelación interpuesto por la parte actora en lo que refiere al fondo del asunto, en mi opinión, no ha de prosperar.

    Digo ello por cuanto los elementos aportados en el recurso materia de análisis lucen ineficaces a los fines de desvirtuar los fundamentos dados por la Sra. Jueza de grado en su sentencia.

    De las constancias de autos resulta que el reclamante se consideró despedido mediante epistolar que llegó a la esfera de conocimiento del empleador el 23 de Octubre de 2014 (v.

    informe del Correo Argentino de fs. 90 y carta documento de fs.

    88) al no recibir respuesta a su requerimiento epistolar dado que la empleadora no accedió a lo requerido a los fines de la rectificación del registro de la categoría pretendida (operario calificado con título habilitante), conforme el requerimiento que efectuó el Sr. I. en su misiva del 17 de Octubre del año señalado.

    En la sentencia de primera instancia se determinó que si bien es cierto que al requerimiento del trabajador su empleadora “ … guardó silencio, toda vez que esta última le contestó vencido el plazo que prevé el art. 57 de la L.C.T. (ver que el informe del correo obrante a fs. 86/90 comprueba que la demandada recibió

    Fecha de firma: 16/03/2021

    Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX

    Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

    el telegrama intimatorio el 17/10/14 -jueves- y que, conforme surge de la fecha de imposición de la misiva que esta última acompaña a fs. 22, fue contestado el 21/10/14 –martes-) … dado que la ” citada norma establece una presunción “iuris tantum”,

    corresponde analizar si en la causa existe alguna circunstancia o prueba que desvirtúe la misma”.

    También se estableció en el decisorio cuestionado que “ … amén de que el actor no ha producido la prueba que demuestre poseer el título habilitante que alega, lo cierto es que es él mismo quien invoca en el escrito de inicio haber efectuado las tareas correspondientes a la categoría de operario calificado (ver último párrafo de fs. 5), sin invocar ni describir las circunstancias por las que se habría encontrado erróneamente inscripto, más allá de la referida a la existencia del título que, reitero, no ha comprobado tener”.

    En ese sentido, no resulta ocioso destacar que I. ni siquiera ha descripto en...

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