Intimaciones N° 25236965/DGR/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Intimación - Providencia N° 25.236.965-DGR/18
Expediente N° 23.050.178/16
La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber al
contribuyente M&C Fundescrap S.A. Inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos
N° 901-283293-3, CUIT N° 30-71471067-9 con domicilio fiscal en calle José León
Cabezón 3723 C.A.B.A, que según consta en Edicto de Apertura de Inspección del
iniciado el día 05/06/2018 y finalizado el 07/06/2018, se comunicó el inicio del proceso
de inspección destinado a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias , que
la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene potestad de
recaudación y control mediante cargo de inspección N° 021522-2016. Verificados los
incumplimientos de cada uno de los puntos intimados oportunamente se comunica que
surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
por el importe de pesos treinta y nueve mil setenta y uno con 14/100 ($ 39.071,14) que
se detalla en los anexos que se acompaña, según surge del Expediente Nro.
23.050.178/2016 En razón de los motivos expuestos, se intima a que el primer día
martes hábil posterior al vencimiento del plazo de 15 (Quince ) días contados desde el
vencimiento de la publicación de este Edicto, se presente persona responsable de la
firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio ante el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, en la Dirección de fiscalización N°3, Departamento
"G",División N°3, Equipo A de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en
Viamonte 900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 9:00 a 12:30 hs , a los efectos de
prestar conformidad de las Diferencias de Verificación de carácter parcial por los
períodos: 05/2015, 06/2015, 08/2015, 07/2017, 09/2017, 10/2017, 11/2017, 12/2017,
determinadas en base a los netos gravados ante AFIP. En caso de prestar
conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más
los intereses resarcitorios correspondientes que establece el artículo 76 del Código
Fiscal Vigente (t.o. 2018), dentro de los 15 (quince) días posteriores al plazo
anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar
indicados dichas diferencias se considerarán como no conformadas dando lugar al
inicio del procedimiento de Determinación de Oficio y la instrucción de sumario.
Asimismo se procede a intimar, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo se
proceda sin más trámite a requerirlo judicialmente al ingreso del impuesto adeudado
con mas los accesorios correspondientes que establece el artículo 76 del Código
Fiscal Vigente (t.o. 2018) dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir
del día siguiente al vencimiento de la publicación del presente edicto, por los
descuentos improcedentes de retenciones y/o percepciones efectuadas sobre el
impuesto a los ingresos brutos según periodo y monto detallado seguidamente 07/15 $
20.857,45, 8/15 $ 19.845,68, 9/15 $ 11.847,60, 10/15 $ 27.042,12, 11/15 $ 12.854,52,
12/15 $ 19.725,73, 2/16 7.812,16, 3/16 14.237,53,4/16 $ 23.063,15, 5/16 $ 10.740, 42,
6/16 $ 12385, 45, 7/16 $ 10.765,55, 8/16 $ 13.245, 32, 9/16 $ 4.952,21, 10/16
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5457 - 14/09/2018

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