Intimaciones y Actos Administrativos de extraña Jurisdicción N° 29168704/GCABA-DGCLCON/21

EmisorParticular
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
Intimaciones y Actos Administrativos de Extraña Jurisdicción. E.E. N°
29.168.704/GCABA-DGCLCON/21
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de septiembre de 2021
En la sesión del día de la fecha (Acta N° 1265) el Consejo Directivo aprobó la siguiente
resolución:
VISTO Y CONSIDERANDO:
a) Las atribuciones de este Consejo Profesional para “Dictar las medidas de todo
orden que estime necesarias o convenientes para el mejor ejercicio de las profesiones
cuya matrícula controla” (art. 2° inc. f, de la Ley N° 466/00).
b) La firma del Acta de Tucumán por este Consejo Profesional, acta que fue suscripta
en San Miguel de Tucumán el 3 de octubre de 2013, la cual establece el compromiso
por parte de los Consejos Profesionales adheridos a la Federación Argentina de
Consejo Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), entre otras cuestiones, de
sancionar sin modificaciones las normas técnicas profesionales emitidas por la Junta
de Gobierno de la FACPCE.
c) La aprobación, por parte del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de su
Resolución C. D. N° 25/2009 adoptando la Resolución Técnica N° 26 “Normas
contables profesionales: Adopción de las Normas Internacionales de Información
Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y de
la Resolución C. D. N° 22/2011 adoptando la Resolución Técnica N° 29 “Normas
contables profesionales: Modificación de la Resolución Técnica N° 26 “Adopción de
las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad (IASB)””.
d) La aprobación, por parte del Consejo Profesional de su Resolución P. N° 241/2016
adoptando la Resolución Técnica N° 43 sobre el “Nuevo texto de la Resolución
Técnica N° 26 (modificado por RT 29, RT 38 y RT 43)”.
e) Que el IASB ha realizado modificaciones y mejoras a los textos originales de las
NIIF, aprobados por la FACPCE a través la Resolución Técnica N° 26 y modificatorias,
y las Circulares de adopción de las NIIF aprobadas a la fecha.
f) Que la decisión de la Junta de Gobierno de la FACPCE, a partir de la emisión de la
RT N° 26, fue la adopción de los textos originales de las NIIF sin modificaciones ni
adecuaciones, estableciendo el mecanismo de “Circulares de Adopción”, para la
puesta en vigencia de los nuevos pronunciamientos que el IASB emita.
g) Que el artículo 19, inciso g) del Reglamento del Consejo Elaborador de Normas de
Contabilidad y de Auditoría (CENCyA) establece que “Las circulares de adopción de
las NIIF se emiten para poner en vigencia, como norma contable profesional, a las
nuevas NIIF e Interpretaciones -CINIIF- o a modificaciones a las NIIF e
Interpretaciones -CINIIF- existentes, por parte del IASB”.
h) La aprobación, por parte de la Mesa Directiva de la FACPCE, de la Circular N° 16
de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera “Modificaciones
a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad (IASB) Aprobadas por la Resolución Técnica N° 26 y
modificatorias y las Circulares de adopción de las NIIF”, en la Ciudad de Buenos Aires,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6234 - 13/10/2021

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