Interprise S.R.L.

Fecha de la disposición 4 de Febrero de 2011

Viernes 4 de febrero de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.085 6 %@% GRUPO BRANDPLAN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Escritura 285 de 14/12/10 1) Diego Fernando Hagberg 18/7/77 DNI 25899488 y domiciliado en Ortiguera 82 Piso 4 Departamento D CABA y Daniel Alejandro Zwettler 11/1/74 DNI 23766215 domiciliado en Primera Junta 2331 Vicente López Prov Bs As argentinos solteros empresarios 2) Aristobulo del Valle 1127 CABA 3) 50 años 4) Tiene por objeto dedicarse a la fabricación, distribución, compra, venta de stands, góndolas, muebles, exhibidores, asà como su mantenimiento técnico, ampliación, refacción y remodelación y asesoramiento en la materia 5) $24000

6) 31/12 7) Gerente Diego Fernando Hagberg y Daniel Alejandro Zwettler quienes fijan domicilio especial en sede social José De Stefano autorizado por escritura citada.

Abogado - José A. D. De Stéfano e. 04/02/2011 N'º12501/11 v. 04/02/2011 %@% ILUFED SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Se complementa edicto del 02/11/2010. Nueva Gerente: Adriana, Onchalos, domicilio especial Darragueira 2433, piso 7, depto. D, CABA.

Hernán A. Espindola autorizado por contrato del 28/05/2009.

Certificación emitida por: MarÃa R. Cohen.

N'º Registro: 1972. N'º MatrÃcula: 4176. Fecha:

26/01/2011. N'ºActa: 181. N'ºLibro: 49.

e. 04/02/2011 N'º12463/11 v. 04/02/2011 %@% INTERPRISE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Comunica que por Acta de Reunión de Socios del 29/12/10 se resolvió transladar sede social a José Cubas 3419, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y reforma del artÃculo 8 del estatuto: “ArtÃculo Octavo: La administración, representación y uso de la firma social, precedida del sello social, estará a cargo de una o más personas socios o no, que revestirán el cargo de Gerentes, en forma individual e indistinta Los Gerentes, durarán en sus funciones, el plazo de duración de la sociedad. En tal carácter, tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos, tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en el art. 1881 del Código Civil y 9no. del Dto. Ley 5965/63. La garantÃa de los directores titulares a que se refiere el artÃculo 256, párrafo segundo, de la ley 19.550, se regirá por las reglas siguientes: a) Deberá consistir en bonos, tÃtulos públicos o sumas de moneda nacional o Extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad;

o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada director; en ningún caso procederá constituir la garantÃa mediante el ingreso directo de fondos a la caja social b) cuando la garantÃa consista en depósitos en bonos, tÃtulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. c) El monto de garantÃa será igual para todos los directores, no pudiendo ser inferior a la suma de Pesos Diez Mil ($10.000) o su equivalente por cada uno”. La Sociedad.

Autorizada por Acta de Reunión de Socios del 29/12/2010.

Abogada â Silvia A. Grande e. 04/02/2011 N'º12203/11 v. 04/02/2011 %@% LA CORPO SOCIEDAD DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR