MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Fecha de la disposición14 de Abril de 2014

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aíres, notifica a los sumariados: Virginia SANTOS PORCO DNI 94.300.716 y Alfredo CALLE CALLE DNI 62.110.887, la apertura del sumario de faltas, dispuesta en el Expediente CUDAP EXPDNM-S02:0008874/2012, que en su parte pertinente dice: “Buenos Aires, 22 de febrero de 2013.- VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria obrante a fs. 7/11, de fecha 8/05/2012, en la cual el funcionario interviniente constató que las siguientes personas extranjeras: 1) Miguel Angel CALLE MAMANI, 2) Jeny COYO CONDORI, 3) Hugo QUISPE CALLE, 4) Maritza Verónica NINA CHOQUE, 5) María Magdalena SULLCANI VILLANUEVA, 6) Leticia ROLLANO MOLLO, 7) Alicia CHAMPANI PAIRO, 8) Judith LEAÑO MONTAÑO, 9) Juana Mercedez CAHUANA PILLCO, 10) Ariel PAUCARA CALLE, 11) Jonny PAUCARA HUANCA, 12) Jorge Luis APAZA QUEVEDO, 13) Celio AJACOPA ASISTIRI TARQUI, 14) Agustín DELGADO CHARA, 15) Angel FLORES QUISPE, 16) Ronel COYO CONDORI, 17) Salvador CHOQUE ARCANI, 18) Alejandra Jadith ESPADA PINTO, 19) Lizeth APAZA QUEVEDO, todos de nacionalidad boliviana, se encontraban trabajando “prima facie” en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Virginia Santos Porco, CUIT 20-62110887-6 con domicilio en Pasaje Coliqueo 2168/70, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y Alfredo CALLE CALLE CUIT 20-62110887-6, con domicilio en Av. Lope de Vega Nº 2047, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo previsto por el art. 15 inc. a) del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto Nº 616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder. Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones...

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