Intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la deuda externa argentina

AutorVega, Juan C.

Intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la deuda externa argentina

Por Juan C. Vega

1. Jurisdicción supranacional

En un mundo agobiado por la crisis global del terrorismo creemos que ha llegado el momento de que los países americanos planteen ante la jurisdicción supranacional americana, y en términos de plena legalidad de derechos humanos, uno de los principales problemas que marcan y determinan la vida y el destino de sus habitantes: el de la deuda externa.

Ésta es una forma eficaz y muy poco utilizada de combatir el terrorismo transnacional en nuestro continente, se trata de buscar fórmulas jurídicas supranacionales que ayuden o permitan salidas dignas a países agobiados por deudas externas. Deudas contraídas en su mayoría en épocas de excedentes internacionales de capitales financieros originados en el brusco cambio de precios relativos de los comodities que conforman las fuentes de energía (crisis del petróleo del año 1973). Ese excedente financiero se recicló hacia los grandes bancos internacionales, mayormente de los Estados Unidos de América, y luego esa onerosa liquidez en las entidades financieras receptoras de los fondos fue irracionalmente dirigida y colocada en magnitudes nunca vistas, en distintos países periféricos, sobre todo latinoamericanos. A partir de allí comenzó el perverso ciclo de dificultades financieras para asumir esos compromisos y de sucesivas renegociaciones de deuda.

Ello claro está no implica desconocer que la principal responsabilidad en esta política global de endeudamiento impagable la tienen las elites políticas y económicas de los últimos 25 años.

Pero en el caso argentino, las políticas globales de reestructuración de ese endeudamiento fueron impulsadas por los organismos multilaterales de créditos durante las décadas de los 80 y los 90[1].

Singular relevancia adquiere el análisis del caso argentino, por cuanto los fondos recibidos en los 70 fueron básicamente para posibilitar "artificiales planes de estabilidad" en la evolución de precios en el mercado interno, a través de una "tabla cambiaria" que propició una extraordinaria especulación.

No sólo nuestro país había quedado postrado ante la desproporción de sus deudas acumuladas en divisas internacionales, sino que incluso economías "petroleras" afrontaron fuertes imposibilidades de cumplimiento de sus pesados compromi-

* Bibliografía recomendada. Este texto se corresponde a una presentación efectuada ante la CIDH, con fecha 27 de abril de 2004, firmada por el autor de la nota y copatrocinada por: el gobernador de la provincia de Entre Ríos; Universidad Nacional de Córdoba; Universidad Empresarial Siglo XXI; Asociación de Magistrados del Poder Judicial de Córdoba; Colegio de Abogados de Córdoba, y diversas personalidades intelectuales del país.

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sos asumidos, como fue la situación que detonó la crisis de la deuda externa, en México en los años 1985 y 1986.

Con estos datos de historia económica intentamos simplemente situar en su contexto real la deuda externa argentina, su proceso de formación, sus orígenes y sus principales actores.

Es por eso que decimos que este tema de la deuda externa quizás sea el principal desafío que enfrenta hoy, no sólo el sistema americano de derechos humanos, sino el sistema democrático mismo defendido y garantizado como valor jurídico y político máximo por el art. 3°...

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