Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Diciembre de 2016, expediente B 74539

PresidenteGenoud-Kogan-Negri-Pettigiani-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2016
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

B.74.539 "INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA GESELL C/ CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA GESELL S/ CONFL. ART. 196 CONST. PROV. ART. 261 L.O.M."

La Plata, 21 de diciembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS :

El señor juez doctor G., la señora jueza doctora K. y el señor juez doctor N., dijeron:

  1. El señor I. municipal de V.G. promovió en los términos de los arts. 196 de la Constitución de la Provincia y 261 de la LOM el presente conflicto de poderes contra el Concejo Deliberante comunal, con el objeto de que esta Suprema Corte deje sin efecto la ordenanza 2522/16 sancionada por insistencia el 5 de diciembre del corriente, por la cual se modificó el art. 109 del Código Tributario local (ordenanza 2156/08) estableciéndose valores máximos anuales en concepto de tasas municipales a aplicarse a los inmuebles cuyas superficies superen los 2500 mts2.

    El titular del Departamento Ejecutivo considera que, con esa actuación, el órgano deliberativo ha desconocido los principios de iniciativa y responsabilidad fiscal en materia presupuestaria establecidos por el ordenamiento legal que rige la especie, todo lo cual fundamenta la promoción de este proceso (arts. 192 inc. 5°, C.. prov.; 34, 109, 124 y conc., LOM).

  2. E. reunidos los presupuestos establecidos en el art. 261 de la LOM, suspéndense los efectos de la ordenanza 2522/16 de la Municipalidad de V.G., hasta tanto se dicte resolución definitiva en este conflicto (arts. 196, C.. P.. y 261, sigs. y conc., LOM; doctr. causas B. 63.089 "Municipalidad de Lomas de Zamora", res. del 19-IX-2001; B. 64.184 "Intendente Municipal de M.", res. del 26-VI-2002; B. 67.747 “Honorable Concejo Deliberante de O.”, res. del 6-IV-2004; B. 68.091 “Intendente Municipal de San Martín”, res. del 9-XII-2004; B. 68.108 “Intendente Municipal de General San Martín”, res. del 29-XII-2004; B. 68.664 "R.", res. del 7-VI-2006; B. 68.725 “Intendente Municipal de San Andrés de Giles”, res. del 7-II-2007; B. 69.803 "Intendente Municipal de C. de M.L.R.", res. del 3-IX-2008; B. 70.800 "Bolinaga", res. del 3-III-2010; B. 72.380 "Fiscal de Estado", res. del 31-VII-2013; B. 74.083 "Municipalidad de San Nicolás", res. del 7-IX-2016), oficiándose por Secretaría, para su cumplimiento, con copia de la presente.

    Así lo votamos.

    El señor juez doctor P., dijo:

    Encontrándose configurada la situación prevista por el art. 261 de la LOM, suspéndense los efectos de la ordenanza 2522/16 de la Municipalidad de V.G., hasta tanto se dicte resolución definitiva en este...

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