La inteligencia artificial en el derecho

AutorSarra, Andrea V.

La inteligencia artificial en el derecho

por Andrea V. Sarra

La inteligencia artificial (IA) no sólo permite especular sobre sus implicancias socio jurídicas y culturales, sino también analizar de qué modo puede ser utilizada como herramienta en el derecho. Hace aproximadamente quince años, comenzaron las primeras exposiciones públicas sobre la materia que intenta desarrollar programas que "piensen" como un hombre de derecho.

En medicina o en el área de los negocios, ya tienen un cierto grado de perfeccionamiento. De hecho, Zeleznikov y Hunter, dos renombrados investigadores en IA y derecho, se cuestionan por qué son exitosos los sistemas inteligentes en medicina occidental. La respuesta es que han sido diseñados sobre la base de una sólida metateoría que define el dominio al cual serán aplicados. Fundan su teoría por reducción al absurdo: si la mitad de los científicos considerara que las enfermedades son producto de "humores demoníacos", habría un problema esencial al definir la representación de conocimiento que captara y resolviera adecuadamente las opiniones dispares en esa disciplina.

En derecho sucede lo mismo. Los seres humanos resuelven problemas sólo de una forma, pero en el razonamiento jurídico están constreñidos por la ley y el grado de constreñimiento está relacionado con la teoría del derecho de que se trate.

Las teorías formalistas consideran que los actores en el derecho son racionales y están absolutamente condicionados por la ley. Se ve al derecho como un sistema lógico que impone un razonamiento deductivo, por lo que se arribará a conclusiones semejantes, no importa de qué procesador se trate (en realidad se debe hablar de diferentes grados de constreñimiento de la ley, o lo que es lo mismo, diferentes grados de flexibilidad o discrecionalidad).

Por su parte, las teorías menos rígidas como el realismo norteamericano, consideran que es imposible que un magistrado realice una inferencia lógica a partir de un conjunto de normas puesto que, por ejemplo, los hechos y su apreciación que difícilmente sea objetiva, juegan un papel fundamental en el pronunciamiento de un juez: "La vida del derecho no ha sido la lógica, ha sido la experiencia" (Holmes, Oliver W., The common law). Desde estas teorías se sostiene que la ley impone un bajo grado de constreñimiento en el razonamiento jurídico y su intensidad va disminuyendo a medida que más nos acercamos a posturas basadas en una filosofía nihilista, como el criticismo legal...

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