Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 1 de Abril de 2011, expediente 6.630/2011

Fecha de Resolución 1 de Abril de 2011

Poder Judicial de la Nación CNCom. Sala B

Expediente n° 6630/2011 - "INTEGRALCO SA S/CONCURSO

PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO (POR

O.T.N.)".

Juzgado n° 23 - Secretaría n° 46

Buenos Aires, 1 de abril de 2011.

Y VISTOS:

El valor económico involucrado en el proceso -importe del crédito declarado verificado a fs. 299 ($ 10.586)- no supera el monto mínimo de apelabilidad previsto en el CPr., 242 -texto según ley 26.536-, que asciende a $ 20.000 (conf. CNCom., Sala D, "Barco, T. c/ Centro de Suboficiales Retirados del Ejército y la Aeronaútica", 29.03.84; id. Sala E, "S., A.D. c/V., O. s/ ejecutivo", del 20.05.83; esta S., "Empresa Comercializadora de Aceros Comac S.A. c/ R., C.J. s/

ejecutivo", del 17.05.91, entre otros).

En consecuencia, se declaran inaudibles los recursos de fs 300,

307 y 309. Devuélvase encomendándose al Sr. Juez a quo las notificaciones.

La Sra. Juez Dra. Ana

  1. Piaggi no interviene por hallarse en uso de licencia por compensación de feria (Art. 109 RJN).

MATILDE E. BALLERINI

MARÍA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO

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