Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 5 de Diciembre de 2019, expediente COM 005649/2019/CA001

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala E

5649 / 2019 INTEGRA PYMES S.G.R. c/ PERALES AGUIAR S.A. Y OTROS s/EJECUTIVO

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

5649 / 2019 INTEGRA PYMES S.G.R. c/ PERALES AGUIAR S.A. Y

OTROS s/EJECUTIVO

Juzg. 31 S.. 61 13-14-15

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2019.-

Y VISTOS:

  1. R.P. apeló el pronunciamiento de fs. 246 en la que la juez de grado desestimó la representación del Dr. R.I. en los términos del art. 48 del Código Procesal obrante a fs. 118.

    Sostuvo el recurso con el memorial de fs.

    251/254, que fue contestado por la actora a fs. 262/266.

  2. La juez de grado desestimó la representación invocada a fs. 118 por el Dr. R.I. en los términos del CPr: 48, escrito en el cual opuso excepciones adhiriendo a la presentación de fs.

    132/134 de la co-ejecutada P.A.S.

    Ciertamente el CPr: 48 exige que, quien invoca el carácter de gestor de una de las partes en los términos de dicha norma, debe "expresar las razones que justifiquen la seriedad del pedido".

    Pero aun cuando se considere que el presentante no justificó adecuadamente cual fue el motivo Fecha de firma: 05/12/2019 Expte. N° 5649 / 2019 1

    Alta en sistema: 31/01/2020

    Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: M.E.G., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    5649 / 2019 INTEGRA PYMES S.G.R. c/ PERALES AGUIAR S.A. Y OTROS s/EJECUTIVO

    que impidió la participación de la accionada, cabe destacar que esta S. ha sostenido que la urgencia del pedido está ínsita en el transcurso de un plazo perentorio (v. “Infico S.A s/ quiebra s/ incidente de escrituración por D.O.A., del 16.04.14;

    íd. “K.M.B. c/ D.L.A.s., del 30.06.15; íd. “Día Argentina S.A. c/

    R., M.S. s/ejecutivo”, del 15.02.18), que en el sub - lite consistió en la necesidad de responder la intimación de pagos oponiendo excepciones.

    En razón de ello y dado que dicha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR