Instruccion General 18

Fecha de publicación21 Noviembre 2007
Fecha de disposición21 Noviembre 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31286

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3º de la Ley Nº 19.549.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES RESUELVE:

ARTICULO 1º

Delégase en el GERENTE GENERAL del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES la facultad de aplicar las multas y sanciones previstas en la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto Nº 1248/01) y reglamentaciones de la misma.

ARTICULO 2º

Déjase sin efecto la Resolución Nº 1008/07/INCAA.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Lic. JORGE ALVAREZ, Presidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 21/11/2007 Nº 564.391 v. 21/11/2007 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 32.577 DEL 14 NOV 2007

EXPEDIENTE Nº 49.309 - PRESUNTAS INFRACCIONES DE LA P.A.S. RODRIGUEZ MELO,

CLAUDIO FABIAN (MATRICULA Nº 2737) A LAS LEYES Nº 20.091 Y 22.400.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Disponer la suspensión de Ia tramitación del presente Expediente Nº 49.309.

ARTICULO 2º

Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. Claudio Fabián RODRIGUEZ MELO (matrícula Nº 2737), hasta tanto comparezca a estar a derecho, munido con sus registros de uso obligatorios llevados en legal forma.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de Ias medidas dispuestas en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º

Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en Comodoro Passio 132 (C.P. 1748) GENERAL RODRIGUEZ - PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 21/11/2007 Nº 564.371 v. 21/11/2007 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 32.578 DEL 14 NOV 2007

EXPTE. Nº 48.840 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. GENSON MARCELO ARIEL (MAT. Nº 502.502) A LAS LEYES 20.091 Y 22.400.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Levantar las medidas adoptadas respecto del productor asesor de seguros Sr.

GENSON, Marcelo Ariel (matrícula Nº 502.502), por los artículos primero y segundo de la Resolución Nº 32.210 de fecha 7 de agosto de 2007 obrante a fojas 11/13.

ARTICULO 2º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota de Io dispuesto en el artículo anterior.

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en Mansilla Nº 3013 4º '10' (C.P. 1425) - Nº 31.286 40Miércoles 21 de noviembre de 2007.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Conjunta SAFJP Nº 10/2007-BCRA 209-CNV 517 en su artículo 1º establece que 'Las inversiones en Fondos Comunes de Inversión del inciso j) del artículo 74 de la Ley 24.241, cuyo patrimonio esté integrado por activos de emisores pertenecientes al MERCOSUR --según artículo 36, del libro 2 Capítulo XI de las Normas de la CNV (N. T. 2001 y mod.)-- o títulos representativos de estos emisores, no deberán exceder el DOS POR CIENTO (2%) del fondo computable de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones o de los Encajes.' Que en consecuencia, a los fines de los límites resulta necesaria la...

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