Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 13 de Abril de 2021, expediente CNT 004456/2018/CA001

Fecha de Resolución13 de Abril de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa Nº 4456/2018 INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA

JUBILADOS Y PENSIONADOS c/ GIOIOSA, A.A. Y OTROS s/JUICIO

SUMARISIMO

Buenos Aires, 12 de abril de 2021

El Dr. R.C.P. dijo:

  1. Contra la sentencia dictada en primera instancia que luce digitalizada según registro de fecha 21/10/2020 y mediante la cual se rechazó la demanda sumarísima tendiente a obtener la exclusión de tutela sindical de los demandados, se alza la parte actora a tenor del memorial que luce incorporado al registro digital de actuaciones de fecha 11/11/2020, mereciendo la réplica de su contraria conforme constancias incorporadas con fecha 16/11/2020.

    Requerida la opinión del Sr. Fiscal General Interino ante esta Cámara Nacional de Apelaciones, este último se expidió

    a tenor del dictamen N° 98/2021 digitalizado en fecha 4/02/2021.

  2. La queja de la recurrente se dirige a objetar el pronunciamiento recaído en la sede de origen, en lo sustancial,

    en cuanto a la valoración otorgada a las pruebas obrantes en autos y que han sido aportadas por su parte, en la consideración de falta de proporcionalidad que se atribuyó a la sanción que se pretendía aplicar a los accionados –una vez obtenida la exclusión de tutela objeto de esta contienda- y en las consideraciones esgrimidas en relación al tiempo transcurrido entre los hechos invocados y el inicio de la presente causa, como fundamentos para su desestimación. Al mismo tiempo, recurre la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes, por considerarlos elevados.

  3. Desde ya adelanto que, por mi intermedio, la queja esgrimida por la recurrente para obtener la revisión de la decisión recaída en la sede de grado anterior, no puede tener andamiento favorable.

    Previo a fundar el anticipo, estimo oportuno formular una breve reseña del marco fáctico que motiva esta acción y a tal fin señalo que, tal como se extrae del escrito de demanda, la entidad demandante inició la presente acción con el fin de obtener la exclusión de tutela gremial en los términos previstos por el art. 52 de la ley 23.551, a efectos de ser judicialmente Fecha de firma: 13/04/2021

    Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

    Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

    autorizada para aplicar la sanción prevista en el Reglamento de la entidad, (3 días de suspensión sin percepción de haberes ni prestación de servicios con anotación en el legajo personal) a los aquí codemandados, por la falta que les fuera imputada luego de la tramitación del sumario interno, que configura un obrar contrario a los deberes estatuidos en los arts. 62, 63 y 84 de la LCT y a las previsiones del Reglamento de Personal y Régimen Disciplinario a los que alude en su presentación del inicio,

    consistente en la detección de irregularidades en el registro de asistencias del personal involucrado durante los días 25 y 27 de julio de 2016 que motivó el inicio y la tramitación del sumario administrativo que concluyó con el dictado de la Resolución N°

    1189 del 28 de noviembre de 2017 en...

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