Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 12 de Noviembre de 2019, expediente FPA 005372/2018/CA001

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 5372/2018/CA1 raná,12 de noviembre de 2019.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (I.E.R.I.C)

CONTRA BURGOS, D.J. SOBRE EJECUCIONES VARIAS”, Expte. N° FPA 5372/2018/CA1, provenientes del Juzgado Federal N°2 de Paraná, y; CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 36 por la parte ejecutante, contra la sentencia obrante a fs. 34/35 vta. que no hizo lugar a la excepción de inhabilidad de título y nulidad interpuesta por la accionada y manda llevar adelante la ejecución hasta hacerse la acreedora del íntegro pago del capital reclamado de PESOS SETENTA Y DOS MIL DOCE CON VEINTISIETE CENTAVOS ($

72.012,27) con más intereses de ley y costas de conformidad a lo normado por la Ley 23660 y normas complementarias al respecto. Impone las costas a la ejecutada, difiere la regulación de honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.

Que el recurso se concede a fs. 37, expresa agravios la apelante a fs. 38/39 vta. y quedan los presentes en estado de resolver a fs. 43.

II- Que, en síntesis, el apelante dice que la documentación que deriva en el título ejecutivo es inhábil dado que carece de los requisitos mínimos para justificar el derecho y, además, es diversa en el modo y en la forma Fecha de firma: 12/11/2019 Alta en sistema: 14/11/2019 Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara #31482160#249065420#20191113101425770 de su tramitación. Sostiene que el título ejecutivo que se anexa a esta ejecución tiene por base otro sumario administrativo que tiene por número 45-762 y no el número 45757 por el cual fue convocado a realizar descargo.

Manifiesta que ante la sanción que se le impone no ha tenido oportunidad de ejercer su derecho de defensa y, por ello, el título que se esgrime es inhábil por cuanto deriva de un proceso en el cual no tuvo intervención el demandado.

Pide que se revoque la sentencia y se declare la nulidad de la tramitación administrativa.

III-

  1. Que el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (I.E.R.I.C.) promovió la presente ejecución fiscal contra B.D.J. por la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS ($331.532,00); deuda cuyo detalle surge del Testimonio N° 20934 (cfr. fs. 5/7) con más los intereses de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR