INSPECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD

Fecha de la disposición15 de Marzo de 2023

EX-2022-06132868- -GDEMZA-DGSERP#MSEG. NOTIFICAR AL Agente SCS GARCIA RIVEROS Gustavo Hernán DNI 35145134. MENDOZA, 09 DE MARZO DE 2.023. Cítese a prestar declaración indagatoria administrativa para el día 27/03/2023 a las 11:00 horas en Sede de la Inspección General de Seguridad sito San Martín 1027 de Ciudad, Mendoza. Hágase saber que le comenzará a correr el plazo del Artículo 59 de la Ley 7493 (el sumariado podrá solicitar las medidas que considere oportunas para su defensa) el primer día hábil posterior a la fecha de indagatoria ut-supra mencionada. En este sentido hágase saber a los efectos que pueda concurrir y ejercer su derecho de defensa conforme lo establece la RESOLUCIÓN 850/2022 DE FECHA 15/12/22. Se procede a transcribir la citada Resolución: “MENDOZA, 15 DE DICIEMBRE DE 2.022 RESOLUCION Nº 850/2.022. VISTO: El presente expediente administrativo EX-2022-6132868--GDEMZA-DGSERP#MSEG”, y; CONSIDERANDO: Que, se traen a conocimiento desde la Coordinación de Recursos Humanos de la Dirección General del Servicio Penitenciario a esta Inspección General de Seguridad conforme el expediente administrativo ut- supra mencionado, que el Agente SCS GARCIA RIVEROS, Gustavo Hernán se encuentra faltando al servicio sin justificar desde el 15/08/22. Que, a orden 2 obra nota n° IF-2022-06133128-GDEMZA-DGSERP#MSEG; donde se incorpora que se ha notificado al mail asignado al funcionario penitenciario las previsiones establecidas en el artículo 48 de la Ley 7.493 que reza textualmente: “A los fines de esta ley se considerara abandono de servicio cuando se hubieran agotado las gestiones por parte del titular de la unidad, a efectos de procurar el comparendo del personal; o se tomare conocimiento por cualquier medio fehaciente sobre la intencionalidad en la concreción de tal situación, estas gestiones deberán realizarse durante las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a que se produjere la incomparecencia al servicio”. Que, conforme lo informado por la Coordinación de Recursos Humanos de la Dirección General del Servicio Penitenciario se da cuenta que desde el 15/08/22 no ha concurrido a prestar funciones sin justificar sus inasistencias a pesar de haber sido notificado el administrado. Que, es por ello que entendemos que correspondería tramitar las presentes en la Modalidad de Sumario Administrativo imputable al efectivo ut- supra mencionado, en virtud que conforme los elementos incorporados al día de la fecha de la presente Resolución, surge que el...

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