Insignia

Juez Primer Juzgado de Procesos Concursales y Registros, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 343/345 en los autos Nº 52.071 caratulados:INSIGNIA S.A. p/CONC. PREV. (HOY QUIEBRA) se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice:Mendoza 03 de abril de 2012. Autos y Vistos..., Considerando... Resuelvo: 1º) Declarar la quiebra de Insignia S.A., C.U.I.T. 30-69464012-1 inscripta bajo el legajo Nº 3758 del Registro Público de Sociedades Anónimas, con domicilio social en Ruta Nacional 7, km. 1145.9, Uspallata, Las Heras, Mendoza, la que tramitará conforme a las normas para las pequeñas quiebras (art. 288 y 289 LCQ). Recaratúlese el expediente por Mesa de Entradas. 2º) Ratificar como síndico al C.P.N. Oscar Ambrosio Varas, quien tiene el cargo aceptado a fs. 105 dc autos. Comuníquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 3º) Emplazar al síndico para que en el plazo de 24 hs. se expida a los términos del art. 189 LCQ a tenor de las constancias de fs. 328 y vta. de autos. Notifíquese por cédula en papel simple y en forma urgente. 4º) Establecer el día diecisiete de setiembre de 2012 como fecha en la que Sindicatura deberá presentar el informe general previsto por el art. 39 LCQ pudiendo la sociedad deudora y quienes hayan solicitado verificación presentar observaciones hasta el día dos de octubre de 2012 (art. 4º LCQ). Fijar el día treinta de octubre de 2012 como fecha hasta que los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico; (art. 117); dictándose resolución el trece de noviembre de 2012 (art. 117). Aclárase que los plazos establecidos en el caso de ser declarados inhábiles, se trasladarán al día hábil inmediato posterior. 5º) Disponer la anotación de la presente declaración de quiebra en la Dirección de Personas Jurídicas y en la Suprema Corte de Justicia de la Provincia (art. 88 inc. 2 LCQ). Ofíciese en papel simple. 6º) Ratificar la inhibición general de la fallida para disponer de sus bienes ya ordenada al tiempo de la apertura del concurso preventivo, debiendo anotarse en los registros respectivos. Ofíciese en papel simple. 7º) Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes y documentación de aquélla para la entrega al Síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal. 8º) Intimar a la fallida para que dentro de los cinco días de notificado, ponga sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan tomar inmediata...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR