Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 29 de Marzo de 2017, expediente COM 021590/2016/CA001

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala E

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 21590 / 2016 INSIGHT GROUP S.A. c/ CAIMANES DE FORMOSA S.R.L. s/EJECUTIVO Juzg. 7 S.. 14 15-13-14 Buenos Aires, 29 de marzo de 2017.-

Y VISTOS:

  1. Apeló –en subsidio- la ejecutante la decisión de fs. 46 en la cual se le requirió los cheques originales a fin de proveer la ejecución –memorial de fs.

    47/49-.

  2. La ley 24.452: 63 establece que “cuando medie oposición al pago del cheque por causa que haya originado denuncia penal del librador o tenedor, la entidad girada deberá retener el cheque y remitirlo al juzgado interviniente en la causa”.

    Asimismo, la norma citada prevé que la entidad girada entregue a quien haya presentado el cheque al cobro una certificación que habilite el ejercicio de las acciones civiles.

    En ese marco, las copias certificadas de Fecha de firma: 29/03/2017 Expte. N° 21590 / 2016 1 Alta en sistema: 04/05/2017 Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.L.M., PROSECRETARIA DE CÁMARA #28981249#174609315#20170329113145582 los cheques base de este juicio, extendidas conforme la normativa antes citada (reglamentada por la Comunicación “A” 2329, punto 1.3.9.2.4. del B.C.R.A.) es hábil a los fines de iniciar la ejecución, cumpliendo las funciones del cheque retenido a los fines de lo dispuesto por el CPR.: 523, 5 (conf. esta S., “V.C.. De Crédito, Vivienda y Consumo Ltda c/ Autograf S.A. s/...

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