ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Fecha de la disposición17 de Julio de 2014



ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

DisposiciónNº 247/2014Asunto: Finalización de funciones, designación de Jefatura Interina y traslado.

Bs. As., 30/6/2014

VISTO las presentes actuaciones, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las mismas, se gestiona designar como Jefe Interino de la División Fiscalización Nº 1 de la Dirección de Fiscalización Operativa de la Seguridad Social al Contador Público Marcelo Francisco LAFFONT, quien se viene desempeñando en idéntico carácter en la División Fiscalización Nº 2 de la Dirección Regional Sur.

Que por lo expuesto, corresponde dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente a la Contadora Pública Verónica Lourdes BOURGUET en el carácter de Jefa Interina de la División Fiscalización Nº 1 de la Dirección de Fiscalización Operativa de la Seguridad Social.

Que por otra parte, se propicia dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al Contador Público Marcelo Carlos BENIGNI como Supervisor Interino del Equipo 2 F de la Dirección Regional Sur.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto Nº 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/92 - Laudo Nº 16/92 (t.o. Resolución S.T. Nº 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 (t.o. Resolución S.T. Nº 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional...

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