ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE CONCORDIA

Fecha de disposición02 Agosto 2012
Fecha de publicación02 Agosto 2012
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales

CORRASE VISTA de todo lo actuado por el término de DIEZ (10) DIAS hábiles administrativos, contados a partir de publicado el presente, a las personas que se indican a fin de que presenten su defensa, ofrezcan pruebas y agreguen toda la documental que estuviere en su poder o, en su defecto, la individualizarán indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare, todo ello en los términos del artículo 1101 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de ser declarados en rebeldía conforme el artículo 1105 del citado texto legal, debiendo constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana —art. 1001 del C.A.—, sito en 1° de Mayo Nº 224 de Concordia (E.R.), donde quedarán notificados de pleno derecho de todas las providencias y/o resoluciones que se dictaren, en la forma prevista en el art. 1013, inc. g), del C.A. Quedan Uds. debidamente NOTIFICADOS.

S.C. 16 N°IMPUTADOSTIPO Y Nº DOCUMENTOInfr. art. C.A.Monto multa mínima168/2010PIEDAD...

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