ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DIRECCION REGIONAL CENTRO DIVISION REVISION Y RECURSOS II

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2013

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCION REGIONAL CENTRO

DIVISION REVISION Y RECURSOS II

Conste que en las actuaciones administrativas relacionadas con la responsable “CALENO S.A.” CUIT 30-70906867-5, s/Determinación de Oficio, Impuesto a las Ganancias” se ha dictado el acto del 06/08/2013; Resolución Nº 110/2013 (DV CRR2) y el acto del 24/10/2013 Resolución 142/2013 (DV CRR2). Resolución Nº 110/2013 (DV CRR2): Visto...Considerando...Resuelve. ARTICULO 1°:- Conferir vista a la responsable CALENO S.A., inscripta bajo la CUIT 30-70906867-5, de las actuaciones administrativas y de las impugnaciones y/o cargos formulados para que en el término de quince (15) días hábiles, conforme las liquidaciones practicadas o formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho, por el Impuesto a las Ganancias, por el período fiscal 2006. ARTICULO 2°:- Conforme surge del Dictamen Jurídico, corresponde hacer reserva de la eventual aplicabilidad de sanciones que pudieran corresponder por las irregularidades constatadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 24.769, en el Impuesto a las Ganancias, por el período fiscal 2006. ARTICULO 3°.- Dejar expresa constancia a los efectos de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones) que la presente vista es parcial y sólo abarca los aspectos contemplados en la misma y en la medida que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permiten. Si las liquidaciones por las que se le confiere vista, merecieran su conformidad, surtirá los efectos de una declaración jurada para la responsable y de una determinación de oficio parcial para el Fisco, limitada a los aspectos fiscalizados. ARTICULO 4°.- Disponer que la contestación a la vista deberá ser entregada únicamente en Dependencia de esta Administración Federal de Ingresos Públicos, sita en Rosario 50, Primer Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma personal procediéndose de igual modo en relación a todas las presentaciones que se efectúen vinculadas al proceso iniciado, dentro del horario de 9.00 a 17.00 hs. ARTICULO 5°.- Poner en su conocimiento que la personería invocada deberá ser acreditada en las presentes actuaciones y comunicar en esta sede cualquier cambio de domicilio ante esta Administración Federal de Ingresos Públicos, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 8° y 9° del...

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