ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE SANTO TOME

Fecha de la disposición25 de Agosto de 2014

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

ADUANA DE SANTO TOME

Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO Nº 45-2014/5, caratulado: “BEIRA GRISELDA ALICIA, S/INF. ART. 985, DEL CODIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO Nº 134/14 (AD.SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1º.- CONDENAR a “BEIRA GRISELDA ALICIA D.N.I. Nº 26.476.106”, cuyos demás datos figuran en autos y domicilio constituido en sede de esta aduana; al pago de una multa igual a la suma de PESOS: TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON 48/100 CENTAVOS ($ 13.143,48), equivalente a DOS (2) VECES el valor en plaza de las mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes y a lo normado por el Art. 985 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena de comiso de las mercaderías (Art. 985 C.A.), las que fueron o serán destruidas de conformidad a la normativa vigente. ARTICULO 3°.- HACER SABER a la parte interesada que podrá interponer contra el presente pronunciamiento Demanda Contenciosa ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Paso de los Libres, Ctes., en los términos del art. 1.132, Ap. del Código Aduanero...

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