Sentencia nº AyS 1995 III, 309 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 22 de Agosto de 1995, expediente B 49740

PonenteJuez LABORDE (SD)
PresidenteLaborde-Pisano-Rodríguez Villar-San Martín-Ghione
Fecha de Resolución22 de Agosto de 1995
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de La Plata, a 22 de agosto de 1995, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores L., P., R.V., S.M., G., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 49.740, “Ingrassia, V.E. contra Municipalidad de San Isidro. Demanda contencioso administrativa”.

A N T E C E D E N T E S
  1. El doctor V.E.I., por derecho propio, promueve demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de San Isidro, con el objeto de obtener la declaración de nulidad del decreto 172, emanado del Intendente de dicha comuna, que dispuso su cese como abogado de la Dirección de Asesoría Legal.

    Pide la restitución en el cargo y funciones desempeñadas hasta el dictado del acto administrativo que impugna y el pago de los salarios caídos desde ese momento y el de su efectivo reintegro, con más la correspondiente actualización monetaria, intereses, costas y costos y, la suma que el Tribunal estime en concepto de daño moral.

  2. Corrido el traslado de ley se presenta en juicio la Municipalidad de San Isidro quien, a través de su representante legal, contesta la demanda solicitando su rechazo, con costas.

  3. Agregadas las actuaciones administrativas y los cuadernos de prueba de ambas partes, hallándose la causa en estado de ser resuelta, corresponde plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O T A C I O N

    A la cuestión planteada, el señor J. doctorL. dijo:

  4. 1. El 2 de junio de l980, por decreto del señor Intendente Municipal de San Isidro nº 905, se designó interinamente en el cargo 28 (finalidad 1, carrera 3, clase L) con funciones de abogado de la Dirección de Asesoría Legal, al doctor V.E.I. (ver fs. 1, exp. 3271P80).

    1. El 27 de diciembre de l983, por decreto 172, se dispuso el cese del citado doctor I. por haber sido designado por autoridades que se arrogaron funciones no emanadas de normas constitucionales (ver dec. cit. a fs. 1, exp. 9475P83 especial. consid. 5).

    2. El agraviado interpuso recursos de revocatoria y aclaratoria contra el acto anteriormente citado, siendo ambos desestimados por decreto 540 del 13 de febrero de 1984 (v. fs. 1/2 vta. y 14/15, exp. 0003I84).

    3. El doctor I. al demandar ante esta Corte sostiene, en esencia, que durante su relación laboral se desempeñó con corrección y esmero hasta que, con motivo del cambio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR