S/ Infraccion a la Ley 22.363 - Imputado: Daniel Omar Sosa - Expte. N° 4044/08

Fecha de la disposición18 de Junio de 2010

de frente por 60 mts. de fondo cada uno o sea una superficie total para cada lote de seiscientos metros cuadrados. Se tiene por formulada la oferta del Sr. Aldo Alberto Alvarez de fs. 386/389 de $ 270.000.-, respecto de dicho inmueble y los bienes muebles por accesión.

Los oferentes por el solo hecho de participar en el proceso de mejora de oferta, aceptan el estado en que se encuentra el inmueble tanto en sus condiciones de venta como su situación jurídica. En consecuencia, ningún planteo dará lugar a la postergación en el pago del precio.

El inmueble podrá visitarse con asistencia del liquidador o la persona que este indique los días 24/6 y 25/6 en el horario de 14 a 16 hs..

Las ofertas deberán ser presentadas en sobre cerrado en la sede del Tribunal hasta el día 29 de junio del 2010 a las 11:00 hs., debiendo adjuntarse boleta de depósito en garantía, equivalente al 10% de la oferta. Dicho sobre deberá ser adjuntado con un escrito indicando los autos, nombre y D.N.I. del oferente. Se rechazará liminarmente toda oferta que no presente dicha garantía. El pago será al contado dentro del quinto día de la notificación del auto que tenga al ofertante por adjudicatario, y en caso de incumplimiento perderá su derecho y la garantía de mantenimiento de oferta (arg. L.C.Q.

205,8). De producirse la situación descripta en el párrafo precedente, el bien será adjudicado al segundo mejor oferente, en los mismos términos y condiciones descriptos en la presente. Dispónese también que queda prohibida la venta en comisión del bien, así como la ulterior cesión del boleto que se extienda. Fíjase audiencia para la apertura de sobres para el día 30 de junio de 2010, a las 12:00 hs., la que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el piso 2º del edificio de M.T.

de Alvear Nº 1840, oficina 213. En tal reunión, una vez abiertas las propuestas presentadas en debida forma, las partes serán instadas a mejorarlas. Toda vez que el juzgado pretende obtener el mejor precio de venta se deja constancia que podrán efectuarse mejoras en forma ilimitada; mas a los efectos de resguardar la seriedad del acto, sólo serán autorizadas aquellas que superen en $ 10.000 la última mejor oferta efectuada. Además, hágase saber a los comparecientes al acto, que el Sr. Aldo Alberto Alvarez -por resultar el primer oferente-, tendrá derecho de preferencia y resultará adjudicatario en caso de igualar la mejor oferta que resultare del procedimiento aquí dispuesto. En caso de congregarse una cantidad de público que supere la capacidad de la Sala de Audiencias del Juzgado, podrá disponerse el ingreso de una sola persona por oferta, ello a los fines de asegurar la participación de todos los oferentes. Todo oferente deberá constituír domicilio en el radio del juzgado. Fdo. Gerardo D. Santicchia.

Buenos Aires, 11 de junio de 2010.

Adriana P. Cirulli, secretaria.

e. 18/06/2010 Nº 66219/10 v. 22/06/2010 N° 24

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 24, interinamente a cargo del Dr.

Jorge Sicoli, Secretaría Nº 48, a cargo del suscripto, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, PB, de esta Ciudad, comunica que se ha declarado cumplido el acuerdo preventivo en los autos caratulados Semachowicz, Silvio Eduardo s/Concurso Preventivo (Expte. Nº 34718), ello según...

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