Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, 17 de Septiembre de 2012, expediente 5-17880-22962-2012

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2012

PARANÁ – JUZGADO FEDERAL N° 1 – EXPTE. 5-17880-22962-2012

SUMARIO INVESTIGACION INFRAC. LEY 23.737 (INCIDENTE DE REVOCATORIA CON APELACION

EN SUBSIDIO)

Poder Judicial de la Nación 1902-2012 Aniversario de la creación de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná

raná, 26 de septiembre de 2012. REGISTRO:2012-T°II-F°634

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “SUMARIO INVESTIGACION

INFRAC. LEY 23.737 (INCIDENTE DE REVOCATORIA CON APELACION EN

SUBSIDIO)”, E.. N° 5-17880-22962-2012, provenientes del Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad, y;

CONSIDERANDO:

I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación en subsidio interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal a fs. 13/14 vta., contra la resolución de fs. 5, en cuanto no hace lugar a lo solicitado por el Fiscal Federal,

Dr. J.I.C., por inconducente. El recurso de apelación se concede a fs. 17 y vta.

II- En esta instancia, se celebra la audiencia oral preceptuada por el art. 454 del C.P.P.N., de la que da cuenta USO OFICIAL

el acta de fs. 24/25, compareciendo en la oportunidad el Sr.

Fiscal General de Cámara, Dr. R.C.M.Á.; y el Sr.

Defensor Público Oficial, Dr. J.C.F., en representación de los supuestos imputados; quedando los autos en estado de resolver.

III-

  1. En primer término, el Sr. Fiscal General de Cámara, señala que no se sabe a quién representa el Defensor y ello muestra el absurdo de la presente causa. Resume el acontecer de los hechos, destacando que el presentante no denuncia sino que delata. Critica que el a-quo haya dado el trámite del denunciante anónimo, que se haya tratado al F. como parte, cuando es un sujeto procesal y que le impida conocer acerca de lo que se tiene que expedir.

    Teoriza respecto al sistema penal, destacando,

    entre varios aspectos, la función de cada sujeto procesal.

    Analiza la figura del denunciante anónimo, refiere a la normativa aplicable y concluye alegando que en la presente causa estamos frente a un delator, resultando un atropello institucional negarle la posibilidad de conocer sus datos al F.. Cuestiona el tiempo transcurrido, plantea el absurdo de la actuación de primera instancia y cita jurisprudencia.

    Solicita se revoque el auto venido en recurso, con un llamado de atención al a-quo para evitar la ocurrencia de situaciones similares.

    Al momento de efectuar aclaraciones, cuestiona la postura de la Defensa de que no hay agravios, señalando que a esa parte le tendría que interesar la transparencia del proceso, incluso para beneficio de sus futuros posibles defendidos. Aclara que no solo se le negó la identidad sino todo y agrega que no es cierto que esté en juego la seguridad del denunciante sino que está especulando con reducir la pena. P. ambas figuras, denunciante y delator,

    expresando que el primero no tiene asignado abogado defensor,

    el segundo si y que el secreto es sólo para el denunciante no para el delator, y que igualmente no se aplica para la Fiscalía.

  2. A su turno, el Sr. Defensor Público Oficial,

    analiza el devenir de la causa resaltando que en primera instancia se mantiene reserva sólo de la identidad de la persona, del resto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR