S/pta Inf. Arts. 292 y 296 del C.P.

Fecha de la disposición 3 de Junio de 2011

Viernes 3 de junio de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.163 46

1960, en la República Oriental del Uruguay, hijo de Juan Maria DÃaz y Magdalena Ferreira, que deberá comparecer a la sede de estos estrados, a fin de prestar declaración indagatoria, en el marco de la presente causa y en orden al delito previsto y reprimido por el artÃculo 277 inciso 1 apartado “C” agravado por el inciso 3 apartado “b” del Código Penal de la Nación, conforme lo normado por el art. 294 del C.P.P.N, dentro del quinto dÃa a contar desde la última publicación, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde y ordenar su captura (art. 288, 289 y c.c. del C.P.P.N), poniendo además en conocimiento del mismo, el hecho que se le atribuye: haber actuado con animo de lucro, descripto este como la acción de utilizar un bien en beneficio propio proveniente de un hecho ilÃcito y que se le atribuye a DÃaz Ferreira Alfredo Eduardo toda vez que el 18 de enero de 2010, en circunstancias en que personal policial de la ComisarÃa 9na de Villa Caraza de la localidad de Lomas de Zamora, se encontraba recorriendo el radio de la jurisdicción, al llegar a la calle Tagle de esta localidad, observan el desplazamiento de una motocicleta la cual no poseÃa chapa patente, conducida por un sujeto de sexo masculino, que al ver al personal policial acelera su marcha intentando eludirlos, por lo que y luego de su persecución se detiene en la calle Grecia, oportunidad en la cual el conductor se identifica como DÃaz Ferreira Alfredo Eduardo, exhibiendo respecto del moto vehÃculo una factura de compra a nombre de Torrilla Luis DarÃo, domicilio O’higgins 698 Merlo, manifestando carecer de otra documentación, habiendo comprado el mismo hace dos años aproximadamente, a una persona que no recuerda circunstancias personales. Ante esto procede personal policial a cursar a la base de radio estación Lanus, el número serial grabado en el motor del moto vehÃculo, siendo este nro. 1P52FMH61256230, surgiendo según informo el operador en turno oficial de PolicÃa Garay, que posee pedido de secuestro activo de fecha 22 de enero de 2008 a solicitud de la seccional 38 de PolicÃa Federal Argentina, publÃquense el presente edicto en el BoletÃn Oficial por el termino de 5 (cinco) dÃas a fin de lo normado por el art. 150 del Código Procesal Penal de la Nación a los fines de que el nombrado comparezca dentro del tercer dÃa de notificación. Bajo apercibimiento de ser declarada su rebeldÃa y posteriormente su captura en caso de no presentarse ante estos estrados dentro de los términos establecidos.- Fdo. Carlos Alberto Ferreiro Pella, Juez Federal, ante mÃ: José Luis D’abondio, Secretario Federal.

Dado, sallado y firmado en la ciudad de Lomas de Zamora, a los once dÃas del mes de mayo del año dos mil once.

e. 02/06/2011 N'º63460/11 v. 08/06/2011 %@% Por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N'º2 de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Carlos Alberto Ferreiro Pella, sito en la calle Laprida N'º662 de la mencionada localidad, SecretarÃa N'º6 a cargo del Suscripto tramita la causa N'º3297 caratulada: “Francischi Ricardo Omar – Fretes Escobar Salvador S/pta inf art 292 y 296 del C.P.” en el cual se resolvió que como no pudo ser habido el imputado autos De Francischi Ricardo Omar, de sobrenombre Richard, de nacionalidad argentina, nacido el 27 de noviembre del año 1.967, hijo de Pedro Héctor De Francischi (V) y de Mlodziejewski Beatriz Ema (V), identificado con el numero de D.N.I. nro. 18.646.641, con el objeto de cumplir la notificación dispuesta publÃquese edictos en el BoletÃn Oficial por el término de 5 (cinco) dÃas a tenor de lo normado por el Art.

150 del Código Procesal Penal de la Nación, a fin de...

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