Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 6 de Octubre de 2016, expediente FCB 011004/2016/CA001

Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “INDUSTRIAS CORMETAL S.A. C/ AFIP – ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO”

En la Ciudad de Córdoba a seis días del mes de octubre del año dos mil dieciséis, reunida en Acuerdo la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

INDUSTRIAS CORMETAL S.A. C/ AFIP – ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO

(Expte. FCB 11004/2016/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la Administración Federal de Ingresos Públicos-Dirección General Impositiva en contra del proveído de fecha 23 de mayo de 2016 dictado por el señor Juez Federal de V.M. mediante el cual dictó una medida cautelar ordenando a la Administración Federal de Ingresos Públicos se abstenga de emitir boleta de deuda contra Industrias Cormetal S.A. o de iniciar cualquier clase de acción o procedimiento previsto en la Ley 11.683, con la finalidad de determinar diferencias de tributos por el período fiscal 2015 del impuesto a las ganancias, imponer multas o clausuras, disponer suspensiones en su CUIT y/o registros en que se hallaba inscripta dicha firma, por el plazo de seis (6) meses.

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: EDUARDO AVALOS –

GRACIELA S. MONTES

I.-

El señor Juez de Cámara, doctor E.A., dijo:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la Administración Federal de Ingresos Públicos-Dirección General Impositiva en contra del proveído de fecha 23 de Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: G.S.M., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #28274679#163895977#20161006120023676 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “INDUSTRIAS CORMETAL S.A. C/ AFIP – ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO”

    mayo de 2016 dictado por el señor Juez Federal de V.M. mediante el cual dictó una medida cautelar ordenando a la Administración Federal de Ingresos Públicos se abstenga de emitir boleta de deuda contra Industrias Cormetal S.A. o de iniciar cualquier clase de acción o procedimiento previsto en la Ley 11.683, con la finalidad de determinar diferencias de tributos por el período fiscal 2015 del impuesto a las ganancias, imponer multas o clausuras, disponer suspensiones en su CUIT y/o registros en que se hallaba inscripta dicha firma, por el plazo de seis (6) meses.

  2. Surge de lo actuado que con fecha 18 de abril de 2016, el Presidente de la firma “Industrias Cormetal S.A.” con el patrocinio letrado del doctor R. promovió la presente acción declarativa de certeza en contra del Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.)

    con el objeto de poner fin a la situación de incertidumbre creada por la prohibición consagrada en los arts. 39 de la Ley 24.073, 4° de la Ley 25.561 y 5° del Decreto 214/02 que imposibilitan utilizar el mecanismo previsto en la Ley del Impuesto a las Ganancias N° 20.628, art. 94 y siguientes. Solicitó

    asimismo el dictado de una medida cautelar de no innovar a fin de ordenar a la A.F.I.P. reciba las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias para el ejercicio fiscal 2015 con la aplicación del mecanismo ajuste por inflación previsto en el art. 94 y siguientes de la Ley del gravamen, prohibiéndole que la intime al pago de las diferencias que surgirían si no hubiera aplicado tal mecanismo. Ofrece prueba. A fs. 43/52 obra agregado el Informe del art. 4° de la Ley 26.854 evacuado por la parte demandada.

    Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: G.S.M., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #28274679#163895977#20161006120023676 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “INDUSTRIAS CORMETAL S.A. C/ AFIP – ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO”

    Mediante proveído de fecha 23 de mayo de 2016 el Juez de Primera Instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada, ordenando a la Administración Federal de Ingresos Públicos se abstenga de emitir boleta de deuda contra Industrias Cormetal S.A. o de iniciar cualquier clase de acción o procedimiento previsto en la Ley 11.683 con la finalidad de determinar diferencias de tributos por el período fiscal 2015 del impuesto a las ganancias, imponer multas o clausuras, disponer suspensiones en su CUIT y/o registros en que se hallaba inscripta dicha firma, por el plazo de seis (6)

    meses. Corrido el traslado de ley, la misma fue apelada por el apoderado de la A.F.I.P. a fs. 70, expresando los agravios a fs. 79/96vta..

  3. Se agravia el apoderado de la Administración Federal de Ingresos...

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