Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 23 de Agosto de 2016, expediente CAF 021033/2016/CA001

Fecha de Resolución23 de Agosto de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 21.033/2016: “INCORVAIA, M.B. c/

EN -M SEGURIDAD- PFA s/ AMPARO LEY 16.986

Buenos Aires, 23 de agosto de 2016.- SMM AUTOS Y VISTOS:

I- Que, inicialmente, corresponde advertir que este Tribunal como juez del recurso, se encuentra facultado para examinar su admisibilidad formal aún de oficio, tanto en cuanto a su procedencia, como a sus formas y trámite, a los fines de verificar, entre otros aspectos, la regularidad y validez de los actos procesales cumplidos a su respecto en la primera instancia (conf. M., A.M., P.L., N.A., S., G.L. y B., R.O., Códigos Procesales en lo Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires y de la Nación, Comentados y Anotados, t. III, pag. 467, ed. Platense-Abeledo P., l971; Colombo, C.J., Código Procesal Civil y Comercial, Anotado y Comentado, t. I, pág. 450, Ed. A.P., 1975; esta S., “Neimark Sebastian c/ EN- Procuración del Tesoro de la Nación y otro s/ proceso de conocimiento”, del 2/9/11, entre otros).

Esto es así, toda vez que en ese cometido no se encuentra vinculado la voluntad de las partes, ni por la resolución del juez de grado, por más que se encuentre consentida, como así tampoco por las providencias de mero trámite posteriores a la elevación de la causa. Ello por cuanto se trata de una cuestión que compromete el orden público, en tanto se refiere a la jurisdicción y competencia funcional del Tribunal de Alzada (esta Sala, “EN- DNM- Dip 14511/05 c/ Di P.J. s/ proceso de ejecución", del 15/5/09; “ENRE- RESOL 394/10 c/ EDENOR SA s/ proceso de ejecución", del 3/6/11; “A.L.C. y otros c/ Dirección General de Fabricaciones Militares s/ empleo público”, del 21/5/15, entre otros).

II- Que, sentado ello, cabe destacar que de conformidad con lo establecido por el art. 15 de la ley 16.986 Fecha de firma: 23/08/2016 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #28201961#159708636#20160823130521188 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 21.033/2016: “INCORVAIA, M.B. c/

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el recurso de apelación contra la sentencia definitiva y las demás resoluciones, debe deducirse y fundarse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas.

En la especie, la parte...

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