Sentencia de Sala II, 16 de Abril de 2012, expediente 31.714

Fecha de Resolución16 de Abril de 2012
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación Sala II – Causa n° 31.714

Incidente de restitución de inmueble

Juzg. Fed. n° 7-Sec. n° 13.

E.. n° 9.217/11/13.

R.. n° 34.347

Buenos Aires, 16 de abril de 2012.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Resultando atendibles los motivos expuestos por el Dr. M.I. al plantear su excusación para intervenir en esta causa como Vocal integrante USO OFICIAL

de esta Sala Segunda, es que el Tribunal

RESUELVE:

ACEPTAR LA INHIBICIÓN formulada por el Dr. M.I. para conocer en estos autos.

R., notifíquese lo precedentemente resuelto, haciendo saber que el Tribunal en la presente incidencia ha quedado integrado por los suscriptos y que se fija el día 7 de mayo de 2012 a las 11:00 hs. para celebrar la audiencia que señala el art.

454 del C.P.P.N. en los términos de la Acordada N° 59/08 de esta Cámara -del día 5 de septiembre de 2008-, bajo apercibimiento de tener por desistida toda pretensión de los recurrentes que no sea sostenida el día indicado.

En caso de optar por informar oralmente -a cuyo fin se establece el horario que antecede-, tal elección ha de ser comunicada con una antelación de cinco días hábiles a la fecha de audiencia.

Fdo: H.R.C.-E.G.F..-

Ante mi: N.P.. P.L. de Cámara.-

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