INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: SORIA, ANTONIA NOEMI c/ NOGUEIRA DALMAZO, MARILENE Y OTRO s/LEY DE DESALOJO

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA

SECRETARÍA CIVIL II – SALA B

Autos: “INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: SORIA ANTONIA

NOEMI c/ NOGUEIRA DALMAZO, MARILENE Y OTRO s/ LEY DE DESALOJO”

doba, 28 de Diciembre del año dos mil dieciocho.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN

AUTOS: S.A.N. c/ NOGUEIRA DALMAZO, MARILENE Y

OTRO s/ LEY DE DESALOJO” (Expte. N° 42080/2017/1/RH1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de queja articulado por la parte demandada patrocinada por el señor Defensor Público Oficial, doctor R.A.,

en contra del proveído de fecha 18/12/2018 dictado por el señor J.F.N.° 2 quien concedió el recurso de apelación interpuesto por la demandada en relación y con efecto devolutivo.

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen los presentes a estudio del Tribunal en virtud del recurso de queja articulado por la parte demandada en contra de la providencia de fecha 18/12/2018

    dictada por el señor J.F.N.° 2 de Córdoba, en cuanto concedió con efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por la accionada en contra del proveído que hizo lugar a la medida cautelar peticionada por la actora ordenando a la señora M.N.D., para que en el término de cinco (5) días de notificada,

    proceda a desalojar el inmueble en cuestión.

  2. Se agravia la recurrente particularmente por el efecto devolutivo con que se concedió el recurso de apelación interpuesta por ella, toda vez que no suspende la ejecución del desalojo mientras se...

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