Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 5 de Abril de 2013, expediente 63.043

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2013

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REGIS~rRADO

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La presentación de fs. 57/60 vta. de este incidente, por la cual la defensa oficial de E.A.D. informó en los términos del arto454

del C.P.P.N.

y CONSIDERANDO:

10) Que, en los autos principales a los cuales corresponde este incidente se imputa a E.A.D. el intento de extraer del país, con destino al Reino de España, sustancia estupefaciente que habría estado destinada a la comercialización (cocaína, con un peso aproximado de 796 gramos ),oculta en el interior de la "plataforma antivibratoria" de una bomba eléctrica de agua, que el nombrado entregó en una oficina de envíos internacionales, para que aquella mercadería fuese enviada, por encomienda, al país mencionado (confr. fs. 23/31

vta. y 308/312 de los autos principales y considerando 10 del pronunciamiento recurrido ).

Concretamente, de acuerdo con la imputación que se dirige en autos a E.A.D., el nombrado habría entregado el artefacto aludido por el párrafo que antecede, acondicionado en una caja de cartón cerrada, en unas oficinas de URBANO EXPRESS ARGENTINA S.A. ubicadas en esta ciudad,

junto con un documento identificado con la referencia "COMMERCIAL

INVOICE", sin numeración, atribuido a SEYCO S.A.C.I.F., con domicilio en la Avda. Independencia 3051, ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, y con una firma atribuida a "JOSE B. MENDIOROZ", el cual se encontraba emitido a nombre de S.C.C., con domicilio enla ciudad de Barcelona, Reino de España (confr. fs~1/2 y9/l0 del legajo principal).

  1. ) Que, mediante el recurso de apelación.defs. 305/307 vta. de los autos principales, la defensa oficial de E.A.D. se agravió del pronunciamiento recurrido por entender que, por las circunstancias ponderadas por el tribunal de la instancia anterior, no se encontraría acreditado que el nombrado haya estado en conocimiento de la existencia de la sustancia estupefaciente oculta en el interior del artefacto que se intentó extraer del país. En aquel orden de ideas, la defensa oficial indicó que " ... 1'10 existe elemento alguno que acredite que [E.A.D.] haya tomado contacto con la mercadería investigada, más allá de haber recibido de manos de terceros un paquete destinado a ser despachado en el correo, como cualquier cadete o fl etero .... "

    Por otro lado, por aquella presentación, la defensa oficial manifestó: " ... la impugnación del embargo se instrumenta [... ] como consecuencia de constituir una medida cautelar derivada del procesamiento [del imputadQ], razón por la cual este Ministerio no procederá a motivar el [... ]

    recurso en lo que a tal medida cautelar respecta, sino que solicita su revocatoria a partir de la subsidiaridad señalada de la impugnación del auto de .

    procesamIento ...."

  2. ) Que, debido a que por el recurso de apelación recordado por el considerando anterior no se invocó agravio concreto alguno con respecto a lo establecido por el pronunciamiento recurrido en cuanto a la acreditación de los elementos objetivos del delito en el cual se atribuye a E.A.D.

    haber intervenido, por la presente no se examinará aquel aspecto de la decisión apelada (art. 445 del C.P.P.N.).

    40) Que, contrariamente a lo argumentado por la parte recurrente, los elementos de prueba existentes en la causa al tiempo del dictado de la resolución cuestionada, y los colectados con posterioridad, los cuales deben tenerse en cuenta en esta instancia· aunque fuesen sobrevinientes a la interposición del recurso en examen (doctrina de Fallos: 266:148; 308:1489 y 313:701, entre otros;

    R.. Nos. 80/11, 623/11, 738/11 Y 161/12, de esta Sala "B", también entre otros), constituyen un cuadro probatorio idóneo y suficiente para sustentar, con el alcance exigido por el arto306 del C.P.P.N., la estimación provisoria acerca de la .J

    -

    o(

    concurrencia, en el comportamiento que E.A.D. en principio -.

    ()

    u . llevó a cabo, de los elementos subjetivos correspondientes a los tipos penales o o involucrados.

    (f)

    ::)

  3. ) Que, en efecto...

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