Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 2 de Junio de 2016, expediente FMZ 013015304/2009/2/CA002

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 13015304/2009/2/CA2 Mendoza, 02 de Junio de 20¡’16.

AUTOS Y VISTOS

:

Los presentes N° FMZ 13015304/2009/2/CA2,

caratulados: “INCIDENTE DE NULIDAD DE RAPACIOLI GONZALO

GABRIEL OMAR POR INFRACCION LEY 22.415”, venidos del Juzgado

Federal Nº 1 de Mendoza, a esta Sala “A”, en virtud del recurso de apelación

interpuesto a fs. sub. 15 y vta., por la defensa técnica de Gabriel Omar

Rapacioli, contra la resolución de fs. sub. 11/13 y vta., por la que se decide “1)

NO HACER LUGAR a los planteos de nulidad impetrados por la defensa

técnica de G. 2)… 3…4…”

Y CONSIDERANDO:

I. Que contra la resolución cuyo resolutivo quedó

transcripto interpone recurso de apelación la defensa técnica del imputado

G., en el entendimiento de que el rechazo por parte del

Juez aquo al planteo de nulidad es carente de fundamentación, toda vez que

planteada la nulidad del requerimiento de elevación a juicio por falta de

precisión de los hechos acusados y la falta de precisión de las fechas en que

habrían tenido lugar los acusados, nada se responde más que una genérica

remisión a las constancias de la causa.

II. Que las partes en ocasión de celebrarse la audiencia

que prevé el art. 454 del C.P.P.N. (texto según ley 26.374), fueron notificadas

de la opción prevista por Acordada N° 7372 de esta Cámara, habiendo

comparecido mediante apuntes sustitutivos que lucen respectivamente el del

apelante a fs. sub. 26/29 y vta., el de la parte querellante a fs. sub. 23/025 y el

del Sr. Fiscal General S. ante esta Cámara a fs. sub. 21/22

propiciando el rechazo del recurso planteado por la defensa, quedando la causa

en condiciones de ser resuelta.

III. Esta sala es de opinión que corresponde no hacer

lugar al recurso de apelación interpuesto confirmando el auto apelado.

Fecha de firma: 02/06/2016 Firmado por: J.A.G.M., H.F.C., C.A.P., J.T. y Jueces Subrogantes de la CFA Mendoza Firmado(ante mi) por: R.H.M., ANTE M

  1. Secretario de Cámara #27061360#154741019#20160602120251539 El Juez de grado rechaza los planteos de nulidad,

    señalando que la omisión denunciada por la defensa ha sido subsanada sin que

    se afecte el derecho de defensa del imputado, toda vez que le correrá un nuevo

    plazo.

    Con relación al requerimiento de elevación, indica que la

    requisitoria contiene todos los datos personales de los procesados, una relación

    clara, precisa y circunstanciada de los hechos, la...

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