Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 18 de Diciembre de 2013, expediente FSA 052000967/2011/1/CA001

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2013
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA Salta, 18 de diciembre de 2013.-

AUTOS Y VISTO:

Este expediente N° 52000967/2011/1/CA1 caratulado: “Rueda, W.R. s/ excarcelación” iniciado en el Juzgado Federal de Orán, y RESULTANDO:

  1. Que se elevan las actuaciones de referencia a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Federal de Primera Instancia en contra del auto de fs. 39/41 por el que se concedió la excarcelación de oficio a W.R.R., bajo caución juratoria.

    Como fundamento de la concesión del auto liberatorio, el a quo estimó que atento a la naturaleza del delito invocado, el resultado positivo del informe ambiental, su buena conducta desde el momento de su detención, el tiempo que lleva detenido, la falta de antecedentes penales del imputado y la circunstancia de tener domicilio fijo en jurisdicción del Tribunal, consideró que el imputado no entorpecerá la investigación y/o intentará eludir la acción de la justicia, pilares fundamentales para resolver sobre su libertad en esta instancia.

    Además valoró el tiempo que se encontraba privado de su libertad (desde el 9 de Agosto del año 2011), estimando que, hasta tanto se elevara la causa a juicio al Tribunal Oral, y de continuar el encausado detenido, superaría los dos años en prisión preventiva a la espera de juicio oral, lo cual vulneraría el plazo establecido por la ley 24.390.

    Finalmente, consideró que no existen fundamentos para concluir que el imputado intentará entorpecer las investigaciones toda vez 1 que se encuentran concluidas a esta altura del proceso; ni tampoco peligro de fuga, por lo que otorgó la excarcelación de oficio bajo caución juratoria, ordenando al encausado no ausentarse del lugar de domicilio, debiendo comunicar cualquier cambio del mismo, y presentarse en forma mensual por ante el Escuadrón N° 52 “Tartagal” de Gendarmería Nacional a los efectos de labrar acta de presentación y comparencia para ser elevadas a ese Tribunal como constancia. Asimismo ordenó la prohibición al encausado de salir del país, todo bajo apercibimiento de ordenarse su inmediata detención y/o captura en caso de incumplimiento sin causa justificada.

    Por último, hizo alusión a la crisis por la que atraviesa la Justicia Federal por la gran cantidad de causas existentes en trámite y la excesiva cantidad de presos federales que se encuentran a disposición del Juzgado Federal de Orán, lo que conlleva a la presentación de diversos habeas corpus correctivos y colectivos por parte del Ministerio Público para descomprimir dicha situación. Finalmente, citando jurisprudencia al respecto, expresó que siendo la libertad durante el proceso la regla y no la excepción -dada la naturaleza cautelar de la prisión preventiva- la libertad del imputado sólo puede restringirse para asegurar su comparencia al proceso (y el eventual cumplimiento de la pena) y evitar que obstruya la investigación del hecho, pautas que deben ser objeto de una valoración en concreto por parte del juez actuante.-

  2. Que el F.F. interpuso recurso de apelación a fs. 44/47 y vta., el que fue concedido a fs. 48 con fecha 1 de Junio de 2012, y elevadas las actuaciones a este Tribunal en julio del corriente año (cfr. fs. 53 de este incidente).

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA El representante del Ministerio Público Fiscal consideró que la gravedad del delito imputado y las contundentes pruebas que obran en contra del encartado hacen más fuerte la presunción de riesgo de fuga y, por consiguiente, su intención de evadir la acción de la justicia.

  3. Que el F. General S., a fs. 56/58, mantuvo el recurso interpuesto y estimó que debe revocarse la resolución de fs. 25/26 por la que se...

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