Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 26 de Noviembre de 2013, expediente CAF 040856/2013/1

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2013
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA IV

40856/2013

Incidente Nº 1 - ACTOR/ES: CARDINAL SERVICIOS

INTEGRALES SA s/RECURSO DE QUEJA

Buenos Aires, 26 de noviembre de 2013.- PPS

VISTOS: estos autos caratulados “Recurso de queja de Cardinal

Servicios Integrales SA en autos Cardinal Servicios Integrales SA s/

recurso directo de organismo externo”

CONSIDERANDO:

I. Que, a fs. 2/4 vta. la actora interpuso recurso de

queja contra la resolución del Tribunal Fiscal del 23 de octubre de 2013

notificada el 31 de octubre de 2013, por la que se le había denegado la

apelación de honorarios interpuesta por extemporánea y solicitó que se

concediese dicho recurso.

II. Que, conforme surge de los presentes autos,

el 26 de septiembre de 2013 la actora interpuso recurso de apelación

contra la resolución del Tribunal Fiscal del 28 de junio de 2013 (notificada

el 15 de agosto de 2013) en cuanto hizo lugar a la excepción de falta de

legitimación articulada por el Fisco, con costas.

Al día siguiente, es decir el 27 de septiembre

de 2013, a las 12:40, interpuso apelación contra la mencionada resolución

en cuanto a la regulación de los honorarios de los profesionales del Fisco,

por considerarlos altos.

El Tribunal Fiscal no hizo lugar a este último

recurso por extemporáneo.

III. Que la regulación de honorarios practicada

por el Tribunal Fiscal integra la decisión sobre el fondo del asunto

sometido a su consideración, por ello el lapso para apelarlos es el de 30

días previsto por el art. 174 de la ley 11.683 para interponer el recurso de

apelación contra la resolución (esta S. en la causa “RQ en autos Banco

de Valores SA s/ rec. de apelación”, sentencia del 6/11/92 y Sala V en

Omega Cooperativa de Seguros Ltda. c/ DGI

s/ queja, sentencia del

3/9/97).

IV. Que teniendo en cuenta lo...

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