Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 1 de Diciembre de 2021, expediente FSM 000045/2017/TO01/91/CFC005

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Cámara Federal de Casación Penal Sala III

Causa Nº FSM 45/2017/TO1/91/CFC5

C.D., M. y otros s/recurso de casación

Registro nro.: 2120/21

Buenos Aires, 1° de diciembre de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 de San Martín, integrado por resolución nº 366/21 de la C.F.C.P.,

resolvió: “NO HACER LUGAR, CON COSTAS, AL PLANTEO DE

RECUSACIÓN articulado por M.C.D. con la asistencia letrada del Dr. J.M.U. respecto de las magistradas y el magistrado integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 de San Martín”.

Contra esa decisión la asistencia letrada del nombrado interpuso recurso de casación, que fue concedido por el a quo a fs. 40 y mantenido en esta instancia a fs. 42.

Y CONSIDERANDO:

Atento a lo resuelto en el día de la fecha en la causa FSM 45/2017/TO1/68/CFC3 “C.D., M. s/ recurso de casación”, (reg: 2087/2021) en la que se resolvió, por mayoría, en lo que aquí interesa: “…

  1. HACER LUGAR PARCIALMENTE

a los recursos de casación interpuestos, sin costas; casar el punto dispositivo II del decisorio; declarar la incompetencia territorial del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 de San Martín –haciéndole llegar copia de lo decidido- y remitir las actuaciones a fin de que, por quien corresponda, se desinsacule el Tribunal Oral Criminal Federal de la Capital Federal que deberá continuar interviniendo (arts. 456, 470, 530 y 531 del CPPN)”, la cuestión aquí planteada deviene abstracta, lo que ASI SE

RESUELVE:

.

R., notifíquese, hágase saber al Centro de Información Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Fecha de firma: 01/12/2021

Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

Firmado por: P.A.I., SECRETARIO DE CAMARA

Nación (Acordada nº 5/2019) y remítase al Tribunal de procedencia mediante pase digital, sirviendo la presente de...

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