Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 9 de Junio de 2017, expediente COM 053744/2005/9/CA004

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala E

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 53744 / 2005 Incidente Nº 9 – TATEDETUTI S.A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE VENTA DE REALIZACION DE BIENES DE M.J.. 15 S.. 30 14-15-13 Buenos Aires, 9 de junio de 2017.

Y VISTOS:

Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión, así como la naturaleza y monto del proceso –tomándose como base regulatoria la fijada por el a-quo –que no fuera materia de concreta impugnación-, se elevan a DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($ 2.895) los honorarios regulados a favor de la sindicatura: “Estudio Abigador, C. y V.” y a SETECIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 750) los del letrado patrocinante de la sindicatura, doctor O.A.B. (LCQ 257), por la actuación respecto a la ejecución a L.M. (ley 21.839, t.o. ley 24.432: 6, 7, 9, 19, 37 y 40).

Comuníquese (cfr. Acordada C.S.J.N. N°

15/13).

MIGUEL F. BARGALLÓ

(Siguen las///

Fecha de firma: 09/06/2017 Alta en sistema: 17/07/2017 Firmado por: M.F.B., JUEZ DE...

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