Sentencia de TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3, 30 de Marzo de 2017, expediente CPE 000374/2014/TO01/9

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL PENAL ECONOMICO 3 CPE 374/2014/TO1/9 Buenos Aires, 30 de marzo de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el Incidente de Embargo de United Stone S.A. (Expte. N° CPE 374/2014/TO1/9) formado en la causa n° 2499 caratulada “F., A.M. y otros s/ inf. ley 22.415” del registro de este Tribunal.

RESULTANDO:

Que a fs. 114 se presentó la defensa técnica de la firma United Stone S.A. solicitando autorización para que la citada empresa pueda vender una parcela de tierra de 38.498, 78 metros cuadrados, ubicada en el Parque Industrial Pesquero de la Ciudad de Puerto Madryn, Pcia. de Chubut. Fundó tal petición en la necesidad por parte de su representada de financiar la construcción de una planta de procesamiento de piedra en la mencionada localidad. A la solicitud en cuestión se le acompañó

un boleto de compra-venta del cual se desprende, entre otras cuestiones, que el valor de la transacción inmobiliaria se estableció en la suma de U$S 600.000, estableciéndose, asimismo, que la eficacia de la operación se subordina a la autorización judicial.

Que, a fs. 116 y 118 el Ministerio Público Fiscal y de la Querella AFIP-DGA, respectivamente, evacuaron las vistas conferidas, solicitando se rechazara la solicitud formulada por la defensa, en razón de los argumentos de hecho y de derecho que en honor a la brevedad se dan por reproducidos.

Fecha de firma: 30/03/2017 Firmado por: K.R.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.E.B., SECRETARIO #27786294#174661375#20170330143549979 Y CONSIDERANDO:

Que, conforme la requisitoria parcial de elevación a juicio...

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