Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 30 de Junio de 2020, expediente FTU 050461/2018/8/CA003

Fecha de Resolución30 de Junio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

50461/2018 - Incidente Nº 8 - IMPUTADO: MOLINA, E.R.J.(.GNA

55) s/INCIDENTE DE EXCARCELACION

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

S. M. de Tucumán, 14 de abril de 2020.

AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fecha 12 de julio de 2019, y;

CONSIDERANDO

I) Que contra la resolución de fecha 12 de julio de 2019 que dispone conceder la excarcelación a E.R.J.M., bajo caución juratoria, deduce recurso de apelación el representante del Ministerio Público Fiscal.

El recurso es presentado a fs. 20 y en esta instancia expresó los agravios a fs. 27/36.

Relata que en los autos principales se dictó procesamiento con prisión preventiva por el delito de transporte de estupefacientes a una pareja que llevaba 6114,3 gramos de cocaína en un colectivo.

Se agravia en que el J. posteriormente y sin explicación suficiente deja en libertad provisoria a uno de los involucrados, lo cual resulta sorpresivo ya que no se modificaron las circunstancias que un primer momento llevaron a disponer su encarcelamiento.

Afirma que de la lectura del fallo surge la orfandad de fundamentos y elementos que lo respalden, puesto que las consideraciones vertidas en el acto lógico-jurídico se circunscriben a sostener un razonamiento en alegaciones puramente dogmáticas.

Fecha de firma: 30/06/2020

Alta en sistema: 01/07/2020

Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

1

Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA #33772944#258146499#20200611092152256

50461/2018 - Incidente Nº 8 - IMPUTADO: MOLINA, E.R.J.(.GNA

55) s/INCIDENTE DE EXCARCELACION

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

Que de acuerdo al procesamiento dictado en el marco de la instrucción, el imputado está procesado como autor del delito previsto y penado en artículo 5to. Inc. C de la ley 23737 (transporte de estupefacientes), por lo que al tener en cuenta el tipo penal,

referidos a los elementos subjetivos, objetivos y la condena, se advierte que la sanción que le podría caber al encartado genera un impedimento insalvable a los fines de acceder al beneficio de la excarcelación, de conformidad a lo previsto en los arts. 316 y 317

del CPPN

Sostiene que el derecho a la libertad no es absoluto y cede ante el interés general y ese criterio fue acogido por la Sala III

de la CNCP, en la causa N°5996 “C., O.E. s/ rec. de casación”.

Afirma que desoír las pautas objetivas del art. 316 del CPPN, genera un riesgo, la incomparecencia de Molian con la consecuente perturbación y malogramiento de la sustanciación probatoria.

Cita jurisprudencia en ese sentido.

Hace hincapié que desde el punto de vista subjetivo la conducta de R.E.M. debe primar en la valoración sobre la procedencia del beneficio invocado.

En este sentido destaca que el imputado está siendo investigado por su participación en el delito de transporte de Fecha de firma: 30/06/2020

Alta en sistema: 01/07/2020

Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

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Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA #33772944#258146499#20200611092152256

50461/2018 - Incidente Nº 8 - IMPUTADO: MOLINA, E.R.J.(.GNA

55) s/INCIDENTE DE EXCARCELACION

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

estupefacientes, por lo que entiende que la excarcelación concedida no hace más que poner en peligro el objeto del sumario.

Que el J. para otorgar el beneficio valoró

solamente la falta de antecedentes y el informe ambiental, y no consideró la gravedad del delito cometido.

Sostiene que el regreso del imputado al lugar de residencia sin el control del Estado, habla a las claras de una alta probabilidad de que éste pueda interferir en el procedimiento a través de interacciones indebidas con los integrantes de la red de proveedores...

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