Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 16 de Marzo de 2017, expediente FSM 062965/2016/8/CA002

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n°7077 - FSM 62965/2016/5/CA1 “Legajo Nº 5 - IMPUTADO: RIVERA NOVA, ELIAS Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION”

Reg. N°: 7581 S.M., 16 de marzo de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.V. estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos en esta causa 7077 por las defensas particulares de M.E.L.C., P.V. y E.R.N., contra la resolución de fs.

11/38vta., puntos dispositivos III, V y VIII, que decretó el procesamiento de los nombrados como coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas. (arts. 5to. Inc. “c” y 11 inc. “c” de la ley 23.737, 45 del Código Penal y art. 306 del Código Procesal Penal de la Nación). En el caso de L.C. además, se dispuso en el impugnado punto III, su procesamiento por el delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primer párrafo de la ley 23.737, en concurso real con el anterior ilícito en calidad de autor (art. 45 y 55 del Código Penal).

Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.P.C., PROSECRETARIA DE CÁMARA #29288760#174144265#20170316131648956 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n°7077 - FSM 62965/2016/5/CA1 “Legajo Nº 5 - IMPUTADO: RIVERA NOVA, ELIAS Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION”

Reg. N°: 7581 A su vez, fue apelado también el punto IV de dicha decisión en cuanto estableció en quinientos mil pesos ($ 500.000), el embargo de M.E.L.C. en orden a los precitados injustos (Art. 518 del precitado catálogo adjetivo).

Por su parte, han de tratarse los recursos de apelación en las causas 7112 y 7113 interpuestos contra las resoluciones de fs.

8/10 y 5/7 respectivamente en cuanto no se concedieron las excarcelaciones solicitadas por las asistencias técnicas de E.R.N. y de M.E.L.C. bajo ningún tipo de caución (arts. 316 y 317 “a contrario sensu”

y 319 del Código Procesal Penal de la Nación).

En la instancia, el F. General no adhirió a los recursos interpuestos en la presente causa 7077 y en los sumarios 7112 y 7113, en tanto los apelantes los sostuvieron; todo ello conforme las constancias a las que se remiten en razón de brevedad.

  1. Los antecedentes del caso revelan que dichas decisiones se vinculan con la Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.P.C., PROSECRETARIA DE CÁMARA #29288760#174144265#20170316131648956 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n°7077 - FSM 62965/2016/5/CA1 “Legajo Nº 5 - IMPUTADO: RIVERA NOVA, ELIAS Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION”

    Reg. N°: 7581 minuciosa investigación llevada adelante por la Unidad de Operacional del Control del Narcotráfico y el Delito Complejo Central de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, bajo la dirección del juzgado interviniente a partir de los testimonios extraídos del expediente nro.

    1256/2013 de esa judicatura, Secretaría Nro. 6, ello en orden a la ejecución de posibles actividades relacionadas con el funcionamiento de una organización de personas vinculadas a la realización de conductas ilícitas emparentadas con la comercialización de sustancias estupefacientes.

    Avanzada la pesquisa en esa dirección, se determinó a partir de la realización de distintas escuchas telefónicas previamente ordenadas, que un sujeto llamado “A.” y apodado “Causa”, domiciliado en esta jurisdicción de San Martín –quien continúa siendo investigado en otro legajo- revendería sustancia estupefaciente que le sería provista en forma interjurisdiccional por G.S.O. –cuyo procesamiento y prisión Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.P.C., PROSECRETARIA DE CÁMARA #29288760#174144265#20170316131648956 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n°7077 - FSM 62965/2016/5/CA1 “Legajo Nº 5 - IMPUTADO: RIVERA NOVA, ELIAS Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION”

    Reg. N°: 7581 preventiva se encuentra firme en estos actuados-, quien integraría junto a M.E.L.C., P.V.E.R.N., y otros sujetos a quienes aún se continúa investigando, una estructura que a partir de un actuar organizado y coordinado, llevaban adelante el quehacer antes expuesto –ver nota de fs. 98, actuaciones iniciales, etc-. En tal sentido, se arribó a la resolución objeto de este análisis, en un legajo que es desprendimiento del original.

  2. Previo a abordar el tratamiento de la situación procesal de los imputados M.E.L.C., P.V. y de E.R.N., corresponde responder el agravio que los defensores de estos dos últimos opusieron sustentado en la arbitrariedad de la decisión del juzgado interviniente respecto de la ponderación de la prueba. Así, procede en la especie rechazar tal cuestionamiento por cuanto a partir de la jurisprudencia sentada por el Alto Tribunal, las resoluciones apeladas cumplen los estándares correspondientes para Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.P.C., PROSECRETARIA DE CÁMARA #29288760#174144265#20170316131648956 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n°7077 - FSM 62965/2016/5/CA1 “Legajo Nº 5 - IMPUTADO: RIVERA NOVA, ELIAS Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION”

    Reg. N°: 7581 calificarlas como actos jurisdiccionales válidos (Fallos, 321:3415, 329:1787, 330;4633 y 4770, entre otros). Por lo demás, las resoluciones en crisis, reúnen de modo suficiente el requisito de motivación, pues expone las razones fácticas y jurídicas en que se funda la decisión que se adopta (Art. 123 del Código Procesal Penal de la Nación).

    Dicho esto, y a fin de dotar de claridad expositiva –por ser similares las situaciones a tratar-, se emitirá un único pronunciamiento y se examinaran en forma conjunta las impugnaciones que hacen a los procesamientos dictados respecto de M.E.L.C., P.V. y de E.R.N. respecto del delito en infracción al art. 5to. “c” y 11 inc. “c” de la ley 23.737.

  3. SITUACIÓN PROCESAL DE E.L.C., P.V.Y.E.R. NOVA EN ORDEN AL DELITO DE TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN AGRAVADO POR LA INTERVENCIÓN DE TRES O MÁS Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.P.C., PROSECRETARIA DE CÁMARA #29288760#174144265#20170316131648956 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n°7077 - FSM 62965/2016/5/CA1 “Legajo Nº 5 - IMPUTADO: RIVERA NOVA, ELIAS Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION”

    Reg. N°: 7581 PERSONAS EN FORMA ORGANIZADA (arts. 5to. Inc.

    c

    y 11 inc. “c” de la ley 23.737).

    Examinadas que fueran las constancias probatorias que conforman el legajo, el Tribunal acuerda que a partir de la detallada y minuciosa descripción y valoración que efectuara el juzgado, se encuentran satisfechos a esta altura los extremos que acreditan la materialidad de los eventos, como así también la responsabilidad de los aquí encausados en orden a los injustos por los que cada uno ha sido cautelado.

    En función de lo explicitado, se aprecia que las distintas tareas de investigación e informes elaborados por la prevención, como así también el contenido de los intercambios telefónicos obtenidos a los largo del expediente, y el secuestro de elementos llevados a cabo en varias de las moradas en donde se realizaran diligencias de allanamiento, permiten esclarecer dicho suceso, y se otorga aquí valor convictivo a la descripción realizada por el personal de Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.P.C., PROSECRETARIA DE CÁMARA #29288760#174144265#20170316131648956 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n°7077 - FSM 62965/2016/5/CA1 “Legajo Nº 5 - IMPUTADO: RIVERA NOVA, ELIAS Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION”

    Reg. N°: 7581 prevención y a las declaraciones testimoniales recibidas.

    En primer lugar, no está en discusión la realidad del secuestro en la finca propiedad del coprocesado G.S.O. de:

    veintidós (22) paquetes con un peso total de 23,200 kilogramos aproximadamente, los que contenían en su interior una sustancia blanca compacta, cuyo test orientativo arrojó

    resultado positivo para la presencia de clorohidrato de cocaína. Quince (15) de esos envoltorios –entre ellos algunos identificados con la impresión del logotipo de la firma automotriz “Audi”- se encontraban en una caja entreabierta en la habitación de la finca que en esos exactos momentos ocupaba el procesado E.R.N. –también aprehendido junto con S.O.-, a quien se le incautó en su poder su cédula de identidad boliviana, y dos constancias migratorias, amén de un comprobante de envío de dinero a nombre del justiciable P.V..

    Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.P.C., PROSECRETARIA DE CÁMARA #29288760#174144265#20170316131648956 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n°7077 - FSM 62965/2016/5/CA1 “Legajo Nº 5 - IMPUTADO: RIVERA NOVA, ELIAS Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION”

    Reg. N°: 7581 A la vez, en otro de los dormitorios de esa...

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