Incidente Nº 8 - ACTOR: HOSPITAL PRIVADO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED SA DEMANDADO: EN-M ENERGIA Y MINERÌA Y OTROS s/INC APELACION

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° CAF 22060/2016/8/CA4, “Incidente Nº

8 - ACTOR: HOSPITAL PRIVADO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED SA DEMANDADO:

EN-M ENERGIA Y MINERÌA Y OTROS s/INC APELACION” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, Secretaria Nº 2 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO M., de de 2017.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

Los Dres. M.M. y J.P.S. dijeron:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso extraordinario interpuesto a Fs. 665/673Vta. por la parte actora, contra el pronunciamiento de Fs. 655/659, mediante el cual esta Alzada revocó la resolución de Fs. 565/570 y declaró abstracta la cuestión planteada. Asimismo, ordenó a EDENOR que posibilitara el pago de los montos no abonados por la amparista en 4 cuotas mensuales, se declaró inoficioso el pronunciamiento respecto a los restantes agravios y se impusieron las costas de ambas instancias en el orden causado.

  2. El apelante –Hospital Privado Nuestra Señora de la Merced S.A.- refirió que se encontraba en juego la inteligencia e interpretación de actos estatales de rango federal (decreto 134/15, leyes 15.336, 24.065 y 26.854 y las resoluciones MINEM 6/16 y 7/16, como la resolución ENRE 1/16) y que la resolución recurrida había sido contraria a principios, derechos y garantías amparados por la Constitución Nacional –en especial, los derechos establecidos en el Art. 42-.

    Fecha de firma: 30/08/2017 Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CÁMARA...

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