Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 22 de Junio de 2022, expediente COM 027172/2019/73/CA093

Fecha de Resolución22 de Junio de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL

Sala B

27172/2019/73 ALERCON S/CONCURSO PREVENTIVO

S/INCIDENTE DE REVISION DE CREDITO POR: QUINTANA,

CLAUDIO RUBEN

Juzgado n° 13 - Secretaría n° 25

Buenos Aires, 22 de junio de 2022.

Y VISTOS:

I.R. subsidiariamente interpuesto a fs. 38/39:

  1. Apeló el incidentista la resolución de fs.35 en la cual el juez declaró operada en autos la caducidad de la instancia y le impuso las costas. Su memorial de fs. 38/39, ampliado a fs. 45/46fue contestado por la concursado a fs. 41/43 y por el síndico a fs. 51.

  2. El valor económico involucrado en el proceso -proporcionado por el monto por el cual se inició el presente incidente de verificación de crédito, esto es $52.066,73, v. fs. 3) no supera el monto mínimo de apelabilidad previsto en el art. 242 del CPCCN, t.o.

    según Acordada N° 41/2019 de la CSJN publicada en el B.O.

    30.12.2019, que asciende a $ 300.000, a la fecha en que se planteó la incidencia (conf. C.. esta Sala, in re “Sindicato de Trabajadores Pasteleros Confiteros Pizzeros Heladeros y Alfajoreros c/ García,

    M.J. s/ Ejecutivo”, del 24.08.2020)-

  3. En consecuencia, se declara inaudible el recurso subsidiariamente interpuesto a fs. 38/39, concedido a fs. 40. Con Fecha de firma: 22/06/2022

    Alta en sistema: 23/06/2022

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL

    Sala B

    costas (art. 68 del Cpcc.).

    1. Honorarios:

  4. Toda vez que el presente proceso se desarrolló bajo la vigencia de la ley 27.423, los honorarios se revisarán de acuerdo a las pautas arancelarias dispuestas en dicha legislación (conf. esta Sala in re: “Dikelon S.A. s/ concurso preventivo s/ inc. de revisión de crédito por C.C.A. del 05.11.2019; in re: “Majo Construcciones S.A. s/ concurso preventivo s/ inc. de verificación tardía por SRT” del 22.10.2020; in re: “Rona Plast S.R.L. s/ concurso preventivo s/ inc de verificación de crédito por AFIP” del 29.12.2020; in re: “Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A. s/ concurso preventivo s/ inc. de revisión por N.C..” del 07.04.2021, entre otros; por aplicación del fallo de la CSJN in re: “Establecimiento Las Marías S.A. c/

    Misiones Provincia de s/ acción declarativa” del 04.09.2018).

  5. Por ello, en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos realizados, se confirman por el sentido del recurso -apelación por bajos- en...

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